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José Manuel Arteaga, El Universal

¿Fue usted de los contribuyentes que tendrá saldo a pagar de Impuesto Sobre la Renta (ISR)?, entonces podrá liquidar hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esa situación se puede presentar “sin autorización previa de la autoridad y sin tener que garantizar el interés fiscal”, detalló la instancia federal en un reporte sobre la Declaración Anual 2011 para personas físicas.

En el documento Cumplir nos beneficia a todos, el Servicios de Administración Tributaria planteó que al momento de hacer la declaración, el contribuyente debe señalar en el Programa Declara SAT el número de parcialidades elegidas, las cuales no deben excederse de seis.

Además, la declaración deberá presentarse a más tardar el último día hábil de la fecha de vencimiento y cubra la primera parcialidad. La dependencia agregó que para la segunda y posteriores parcialidades con la forma oficial FMP -1, en donde se incluye actualización y recargos.


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