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Vicepresidencia Fiscal

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Uso de la FIEL Emitida por el SAT para Dictámenes ante el IMSS

C.P.C. y M.I. Óscar de J. Castellanos V.
Integrante de la CROSS del IMCP

Derivado del Convenio de Colaboración Administrativa para el intercambio de información en materia fiscal celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Federación, mediante el Servicio de Administración Tributaria, en lo sucesivo IMSS y SAT, respectivamente, se han venido publicando diversos lineamientos y acuerdos que van normando las directrices planteadas en dicho convenio.

Una parte fundamental del Convenio de colaboración administrativa firmado por ambos organismos es lo relativo al uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) que expide el SAT, en los trámites o servicios del IMSS, referentes a las gestiones conducentes para que los trabajadores, patrones y demás sujetos obligados que requieran realizar trámites, gestiones o consultas por medios electrónicos ante el Instituto, puedan hacer uso de la FIEL expedida por el SAT. Independientemente de otros medios de identificación electrónica ya establecidos, lo antes señalado se encuentra estipulado en la cláusula segunda, numeral cinco del citado convenio, suscrito por ambos organismos el día 7 de septiembre de 2010.

En términos generales y cronológicos, partiendo de la firma del Convenio de Colaboración Administrativa para el intercambio de información en materia fiscal, se han dado los siguientes acuerdos y comunicados en materia de seguridad social:

  1. Acuerdo ACDO.SA3.HCT.081210/382.P.DIR, relativo a la aprobación de los lineamientos para la adopción de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) expedida por el SAT en los trámites electrónicos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 2010.2
  2. Acuerdo ACDO.SA3.HCT.270411/120.P.DIR, relativo a la aprobación para utilización de la Firma Electrónica Avanzada y su respectivo certificado digital expedido por el SAT, para que los contadores públicos autorizados en dictaminar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de seguridad social, realicen los trámites correspondientes a su registro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de mayo de 2011.
  3. Folio 38/2010-2011 publicado por IMCP, referido al oficio que envía la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS en la que hace precisiones y señalamientos al acuerdo publicado el 4 de mayo para su mejor observancia.

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