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Síntesis Informativa

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CNN EXPANSIÓN, SECCIÓN ECONOMÍA

A partir del 10 de abril, las entidades financieras de México podrán intercambiar información con sus pares internacionales sobre sus clientes y usuarios, así como de operaciones de los mismos, para detectar casos de lavado de dinero o delitos de financiamiento al terrorismo. El intercambio se realizará únicamente con aquellas entidades que sean determinadas por la Secretaría de Hacienda, indica la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este jueves. “Lo que están haciendo es adecuar la normatividad, inicialmente el artículo 115 (de la Ley de Instituciones de Crédito) preveía el intercambio con instituciones internacionales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y otros acreditados, pero no había una normatividad específica para intercambiar información con privados”, comentó el integrante del Consejo Editorial de la revista Veritas Online del Colegio de Contadores Públicos de México, Sergio Salom.

El GAFI es un organismo intergubernamental que emite recomendaciones en materia de prevención y combate al lavado de dinero, al financiamiento de terrorismo y al financiamiento para la proliferación de armas de destrucción masiva. El artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito indica que Hacienda debe establecer las medidas para prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado actos u operaciones de procedencia ilícita. De acuerdo con Salom la nueva normatividad reconoce la ley mexicana aplicable en materia de secreto bancario y protección de datos en posesión de particulares, por lo que está obligada a cumplirla.