Adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA)
Con motivo de la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), para las auditorías de estados financieros cuyos ejercicios contables inicien el 1 de enero de 2012, la CONAA da a conocer las siguientes alertas:
- En enero de 2013, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) publicará el libro Modelos de Informes y otras opiniones del auditor, que estará actualizado conforme a las disposiciones normativas establecidas en las NIA.
- Recuerden que las NIA 700, 705, 706, 710 y 720 son las normas que hacen referencia a los informes del auditor y en ellos vienen apéndices con ejemplos.
- Debido a que las NIA en español son una traducción oficial de España, los 2 ejemplos del informe del auditor que incluimos a continuación, tienen algunas palabras de uso común para nosotros que no son similares a las utilizadas en los ejemplos que contienen las NIA. Estas palabras, de acuerdo a una tabla de equivalencias aprobadas por al IFAC son adecuadas. La tabla de equivalencias la pueden encontrar en el libro de Normas de Auditoría, para Atestiguar, Revisión y otros servicios relacionados.
- En este año 2012 que estamos adoptando las NIA, y por lo que se considera como un año de transición respecto de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México, sugerimos usar los siguientes ejemplos de informes de auditoría de acuerdo a lo establecido en la NIA 710: a) Modelo de informe de auditoría de Estados financieros comparativos y b) Modelo de informe de auditoría con cifras correspondientes de periodos anteriores. Es importante comentar que en caso de utilizar la opción del informe del auditor de Estados financieros comparativos, se deberá tener presente que en ambos años (2012 y 2011) fueron auditados utilizando las NIA, la carta convenio debe hacer referencia que ambos años se auditaron utilizando las NIA, la carta de representaciones de la entidad debe indicar que ambos años fueron auditados utilizando las NIA, se debió tener presente en ambos años, los requerimientos de ética de acuerdo con el Código de Ética de la IFAC, junto con aquellas normas nacionales que sean más restrictivas, etc.
De acuerdo a lo mencionado en el inciso 4) anterior, se tiene la opción de usar dos tipos de modelos, por lo que a continuación presentamos un ejemplo de ambos: