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Las personas físicas tienen hasta este 30 de abril para cumplir a tiempo con su declaración anual de impuestos de 2013, de lo contrario podrían enfrentar multas de hasta 22 mil 500 pesos, aunque también obtener un saldo a favor.

El presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Luis González Ortega, dijo que “lo más sano” es presentar la declaración anual en tiempo, pero también puede hacerse de forma extemporánea sin problema alguno, siempre y cuando no haya requerimiento previo o se tenga saldo a favor.

El IMCP es una federación de 59 colegios de profesionistas en todo el país y cuenta con más de 19 mil contadores públicos asociados.

“No se justifica no presentarla en tiempo; todavía tenemos el tiempo más que suficiente, incluso se da un mes más de lo que se da a las empresas, cuya contabilidad y la forma de presentar las declaraciones es mucho más complicada que la de una persona física”, explicó.

En entrevista, destacó que aquellas personas físicas cuyos ingresos provienen de salario y les resulta saldo a favor, pueden obtener devolución en cinco días hábiles posteriores a la presentación de la declaración anual.

Advirtió que las personas físicas que incumplan esta obligación y son requeridas por la autoridad fiscal, podrían enfrentar una multa que va desde mil 100 pesos hasta 22 mil 500 pesos, además de la actualización y los recargos correspondientes.

“Si no es requerido el contribuyente y presenta la declaración fuera del plazo, obra la espontaneidad y entonces no hay multa; lo que sí funciona en ese caso es la actualización y recargos si tuvieras que pagar algún impuesto”, insistió.

González Ortega estimó que la mayor parte de las personas físicas obligadas sí cumple en tiempo con la presentación de su declaración anual, aunque “por supuesto los que están en la informalidad y los que no pagan impuestos, esos nunca cumplen”.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, estos son algunos puntos clave que las personas físicas deben considerar para cumplir con su obligación.

» La declaración anual 2013 debe presentarse por medio del programa electrónico DeclaraSAT, disponible en la página de Internet del SAT: http://www.sat.gob.mx.

» Los contribuyentes que tengan ingresos por sueldos y salarios, están obligados a presentar la declaración anual cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: haber obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios mayores a un importe de 400 mil pesos en el año. Asimismo, haber obtenido ingresos de dos o más patrones de manera simultánea; haber obtenido otros ingresos acumulables además de salarios; haber percibido ingresos de empleadores no obligados a realizar retenciones, como organismos internacionales; y haber elaborado el comunicado por escrito a su patrón que presentarían la declaración anual por cuenta propia.

» Los contribuyentes podrán efectuar, entre otras, las siguientes deducciones personales: honorarios por consultas médicas y dentales; gastos hospitalarios; lentes ópticos, graduados para corregir defectos oculares hasta por 2 mil 500 pesos en el ejercicio, por cada persona beneficiada. De igual forma, gastos de funerales hasta por un salario mínimo elevado al año (23 mil 528 pesos); gastos de colegiaturas; donativos a instituciones autorizadas.

» Cuando el saldo a favor sea igual o mayor a 12 mil 860 pesos, para solicitar su devolución estará obligado a enviar la declaración con Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

» Los contribuyentes que tengan impuesto del ejercicio 2013 a cargo lo podrán pagar con tarjeta de crédito en los bancos autorizados para recibir estos pagos.

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