Thomson Reuters. SAT: MULTAS POR MÁS DE 59 MIL PESOS PARA QUIEN NO PRESENTE LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA EN 2016. 7 de diciembre de 2015
A partir de enero, comienza el envío de la contabilidad electrónica para la mayoría de los contribuyentes, sólo algunos segmentos tendrán facilidades, señaló Aristóteles Núñez Sánchez, Jefe del Servicio de Administración Tributaria.
Luego de reunirse con representantes del Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos para sentar las bases de convenios de colaboración donde participe la contaduría pública organizada del país, señaló que los contribuyentes que no presenten su contabilidad electrónica se harán acreedores a multas de alrededor de 59 mil pesos, según establece el Código Fiscal de la Federación para 2016.
Dijo que sin embargo, muchos contribuyentes no tienen la obligación de presentar balanzas de comprobación ni mucho menos de pólizas de ingreso, en pocas palabras contribuyentes con una actividad simple comparados con una actividad empresarial persona física, como son: honorarios de servicio profesional independiente, arrendamiento cuando se trata de casa habitación, personas físicas con actividad empresarial hasta dos millones de pesos y que pueden estar dentro del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), personas físicas que tienen ingresos hasta dos millones de pesos con actividad empresarial, que no están dentro del RIF, sino del régimen general.
Expresó que ya se tuvo todo un año de gradualidad que fue 2015, por lo que todas las personas físicas con actividad empresarial que tienen ingresos hasta de dos millones de pesos están relevados de esta obligación ya que forman parte del régimen de incorporación fiscal, por lo tanto pueden optar por utilizar el sistema “Mis Cuentas” y con ello satisfacer su obligación del envío de la contabilidad electrónica, y para quien no tiene la complejidad que tiene una persona moral o una sociedad mercantil, hay muchas empresas que están ofreciendo el servicio.
Las sociedades mercantiles y personas físicas con ingresos superiores a cuatro millones de pesos están presentando la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas. En caso de que tengan devoluciones y saldos a favor, tienen que presentar las pólizas de ingresos y gastos a partir de septiembre de 2015. Para las personas físicas con el régimen de honorarios o arrendamiento, salvo que tengan ingresos superiores a cuatro millones de pesos, no tendrán que cumplir con la obligación de presentar balanza de comprobación y catálogo de cuentas, sólo tendrán que presentar el registro de sus ingresos y sus gastos a través de un sistema como “Mis Cuentas”, indicó.
Dijo que actualmente hay más de un millón de archivos que han presentado los contribuyentes, alrededor de 300 mil catálogos de cuentas, para dar un total de 118 mil contribuyentes los que han presentado sus archivos de manera constante y son los que han cumplido de 207 mil contribuyentes. El espectro de cumplimiento es de 5 millones de contribuyentes.
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