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La Razón, Negocios

Aura Hernández

Si tienes una prórroga para el pago de tus créditos fiscales respira tranquilo, la Secretaría de Hacienda seguirá aplicando las mismas tasas de interés en 2011.

Las prórrogas se refieren al otorgamiento de un tiempo adicional para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente, por el cual se paga un interés.

En el Proyecto de la Ley de Ingresos de la Federación 2011, las autoridades fiscales proponen mantener las tasas utilizadas durante este año, es decir, 0.75 por ciento mensual sobre saldos insolutos, de 1 por ciento mensual tratándose de pago en parcialidades hasta de 12 meses, de 1.25 por ciento mensual en pagos a plazos de 12 y hasta 24 meses, y de 1.50 por ciento cuando el pago sea a más de 24 meses.

Si tienes una prórroga entonces tus pagos seguirán siendo los mismos. Recuerda, es recomendable que no te retrases, ya que de lo contrario también tendrías que pagar una tasa por mora de aproximadamente 1.13 por ciento.

Si no tienes cómo cubrir esos pagos y crees que al no pagar las autoridades podrían considerar tu crédito como incosteable y así librarte, no es verdad.

Para que las autoridades consideren que existe una “incosteabilidad” evalúa el monto del crédito, el costo de las acciones de recuperación, su antigüedad y probabilidad de cobro. En todo caso, si procede a la cancelación, esto no libera al contribuyente de su pago, ya que simplemente es un registro en la contabilidad gubernamental.


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