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La Razón, Negocios

Aura Hernández

Todo contribuyente debe cumplir con sus obligaciones fiscales, ya que con esto contribuye al gasto público del país, el cual debe tener un impacto positivo en la población. Con este se genera un círculo virtuoso que permite a México y sus habitantes crecer, incluido tú.

Sin embargo, muchas veces los contribuyentes no cuentan con el conocimiento suficiente o, bien, las leyes que rigen al sistema tributario son muy complejas y sólo los contadores pueden llegar a comprenderlas.

Por esto, vamos a ver cuáles son los trámites fiscales que existen en México y que como contribuyente en algún momento tienes la obligación de realizar.

De acuerdo a información del Servicio de Administración Tributario (SAT) hay seis categorías que engloban a los trámites fiscales. Para que tengas una mejor idea de lo que se trata vamos a revisar categoría por categoría.

1.- Inscripción al Registro Federal del Contribuyente (RFC): este es el primer paso para formar parte de las personas que contribuyen al gasto público del país. El trámite puede ser realizado por nueve tipos de contribuyentes, los cuales son: persona física, persona moral, socios o accionistas de personas morales, un retenedor por los residentes en el extranjero que paguen salarios, personas morales a través de un fedatario público, una dependencia o unidad administrativa de la Federación, personas físicas del sector primario y fideicomisos, así como socios y accionistas de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

2.- Avisos relacionados con el RFC: una vez que ya se considera como contribuyente existen ciertos avisos que debe hacer al SAT con respecto a sus actividades. Algunos de estos avisos puede hacerlos a través de Internet o, bien, acudiendo a cualquier Administración General de Servicios al Contribuyente. Entre estos avisos se encuentran: apertura o cierre de establecimientos, reanudación o suspensión de actividades, sobre actividades de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero Dispersores, cambio de denominación o razón social y cambio de domicilio fiscal, entre otros. Son 24 trámites de aviso.

3.- Medios electrónicos de autenticación de identidad: para realizar algunos trámites es necesario que cuentes con un método para comprobar tu identidad de manera electrónica por lo que se crearon dos herramientas, la Firma Electrónica Avanzada y la Clave de Identificación Electrónica Confidencial. Puedes contar sólo con una o si lo prefieres con las dos, depende de tus obligaciones fiscales. Para poder obtenerlas debes acudir a la Administración General de Servicios al Contribuyente que te quede más cercana con previa cita.

4.- Comprobantes fiscales: además de darte de alta como un emisor y que, a partir del próximo año, la estrategia del gobierno federal es incrementar el uso de los comprobantes digitales, existen otros trámites asociados con los comprobantes. Recuerda que debes autentificar los folios y su vigencia, así como los acuses de recibo y avisar el término de la relación con los proveedores o, dependiendo el caso, enviar un reporte mensual de los comprobantes emitidos, activos y cancelados, entre otros.

5.- Declaraciones, pagos y garantías: los pagos se refieren a los adeudos que tienes con el SAT. Existe el pago provisional y el definitivo, algunas veces se pueden realizar en parcialidades. Las declaraciones es un informe sobre las operaciones que has realizado en un determinado tiempo de las cuales hay cerca de 40 tipos. No tienes que cumplir con todas sino sólo con aquellas que correspondan a tu actividad empresarial. Por último, las garantías son aquellas que aseguran el cumplimiento de una obligación, las cuales pueden ser por embargo, por interés fiscal o por depósitos.

6.- Devoluciones y compensaciones: las devoluciones se refieren a la reintegración de las contribuciones que hacen las autoridades fiscales a los contribuyentes debido a pagos indebidos o saldos a favor en sus declaraciones y hay nueve tipos diferentes de devoluciones. Mientras que las compensaciones se refieren a cuado el contribuyente tiene la posibilidad de usar su saldo a favor para pagar posteriormente los saldos que tenga a cargo, es decir, pagaría la diferencia de el monto a cubrir.


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