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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (31 de mayo) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, la Resolución por la que se expiden las Reglas de carácter general para la prestación de los servicios de recaudación y concentración del entero del Impuesto a los Depósitos en Efectivo por parte de las instituciones del sistema financiero.

Las presentes Reglas tienen como objeto establecer los términos y condiciones a los que deberán sujetarse las instituciones del sistema financiero para llevar a cabo la concentración del entero del impuesto a los depósitos en efectivo recaudado a la Tesorería de la Federación.

Al respecto, las instituciones del sistema financiero que por mandato de ley están obligadas a la recaudación del impuesto a los depósitos en efectivo deberán realizar la concentración del entero de dicho impuesto con sujeción a las presentes Reglas. Lo anterior, sin perjuicio de las reglas de carácter general que expida el Servicio de Administración Tributaria, en términos del artículo 4 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.