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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (29 de diciembre) el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican.

Al respecto, el Ejecutivo Federal estima oportuno apoyar a la población que sufrió la pérdida de su patrimonio, permitiendo que se les exima del pago del impuesto sobre la renta por los ingresos acumulables derivados de las deudas perdonadas a que se refiere el considerando anterior, en el ejercicio en que se realice dicha condonación o remisión de la deuda. Los acreditados a quienes las instituciones del sistema financiero apliquen la condonación o remisión de deuda, deberán contar con el documento oficial emitido por autoridad competente que sustente la pérdida total del inmueble de su propiedad objeto del crédito hipotecario con motivo de los sismos de septiembre de 2017.