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La Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer el día de hoy (16 de diciembre) el Decreto Promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Estonia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho en la Ciudad de México, el diecinueve de octubre de 2012.

El presente Convenio se aplicará a los impuestos sobre la renta (ISR) exigibles por cada uno de los Estados Contratantes, cualquiera que sea el sistema de su exacción.

Se consideran ISR todos los que gravan la totalidad de la renta o cualquier elemento de la misma, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles.

Los impuestos existentes a los que se aplicará el Convenio son en particular:

1.    En el caso de Estonia, el impuesto sobre la renta; (en adelante denominado el “impuesto estonio”);

2.    En el caso de México:

  • El impuesto sobre la renta federal.
  • El impuesto empresarial a tasa única.
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