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Por: Alejandro Rivera Ponce y Chávez

Integrante de la Comisión de PLD/FT y Anticorrupción del IMCP

Texto Original: Elaboración propia con datos de la “ Acuerdo del Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, por el que se da a conocer a la población en general la relación de personas y entidades que se encuentran dentro de las listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999) y sus sucesivas, 1373 (2001) y las demás que sean emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con base en la Carta de las Naciones Unidas”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de Agosto de 2016.

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5449887&fecha=26/08/2016

El 26 de Agosto de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera por el que se da a conocer la relación de personas y entidades que se encuentran dentro de las listas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Las listas y sus actualizaciones pueden ser consultadas en las direcciones electrónicas

http://www.gob.mx/shcp/documentos/uif-listas-actualizadas

https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/actualizacionlistas.html

Las entidades del sistema financiero tienen la prohibición de realizar cualquier acto, operación o servicio con las personas señaladas en las listas.

Quienes realizan las actividades vulnerables del artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención de Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita sí pueden llevar a cabo actos u operaciones con las personas señaladas en las listas, pero deben presentar el Aviso dentro de las 24 horas siguientes.

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