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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el 24 de marzo del 2023, en su página de internet, la Segunda Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, que contempla el tema de la “Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos”, que establece que los asignatarios podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes a los meses que se indican, conforme a lo siguiente:

I.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de diciembre de 2022, a más tardar el 28 de febrero de 2023.

II.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de enero de 2023, a más tardar el 31 de marzo de 2023.

III.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de febrero de 2023, a más tardar el 28 de abril de 2023.

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