Noticias Fiscales 2018-236 SHCP / Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (31 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte.
El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y estará vigente durante 2019 y 2020.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo Segundo del presente Decreto, los contribuyentes que se mencionan en el citado artículo, que dejen de aplicar lo dispuesto en este Decreto cuando haya concluido la vigencia del mismo, tratándose de los actos que hayan celebrado con anterioridad a la fecha en que dejen de tributar conforme al presente instrumento, sin que hayan percibido los ingresos correspondientes, les serán aplicables los beneficios contenidos en el artículo Décimo Primero de este Decreto, siempre que dichos ingresos se perciban dentro de los diez días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo Décimo Primero del presente Decreto, tratándose de la enajenación de bienes, de la prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, que se hayan celebrado con anterioridad a la fecha en que concluya la vigencia del este instrumento, se aplicará el estímulo fiscal cuando los bienes o los servicios se hayan entregado o proporcionado antes de que concluya dicha vigencia y el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de lo diez días naturales inmediatos posteriores a la misma.