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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (26 de junio) a través del Diario Oficial de la Federación la Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2019, salvo por lo dispuesto en los artículos transitorios.

Al respecto, para efectos de la evaluación de suficiencia de capital bajo escenarios supervisores a que se refieren los Artículos 2 Bis 117 f y 2 Bis 117 g que se reforman mediante el presente instrumento, correspondiente al año 2018.

Las instituciones de banca múltiple entregarán a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores el informe de los resultados de la evaluación de suficiencia de capital a que se refiere el Artículo 2 Bis 117 d de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, correspondiente al ejercicio 2018, a más tardar en la misma fecha que la propia Comisión establezca mediante oficio que emitirá de conformidad al artículo Segundo Transitorio de la presente Resolución.


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