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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (22 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, excepto lo dispuesto en las fracciones siguientes:

  1. Las reglas 2.7.2.9., fracción VI y 2.7.2.12., fracción VIII, respecto al supuesto de cuando habiendo certificado los CFDI se detecte que no se validó correctamente que el número de la versión del estándar bajo el cual está expresado el documento y sus complementos se encuentren vigentes, serán aplicables a partir del 1 de julio de 2018.
  1. Las reglas 2.16.13., 2.16.14. y 2.16.15. será aplicable a partir 1 de diciembre de 2018.
  1. Lo dispuesto en la regla 2.2.11. y en la ficha de trámite 246/CFF “Solicitud de Autorización para el uso del buzón tributario a sector gobierno y particulares”, contenida en el Anexo 1-A, será aplicable a partir del 28 de diciembre de 2018.
  1. Lo dispuesto en la regla 2.1.51. y en la ficha de trámite 261/CFF “Consultas en línea sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales”, contenida en el Anexo 1-A, será aplicable a partir del 1 de abril de 2018.

Se dan a conocer los anexos 1, 1-A, 3, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 18, 19, 23, 25, 25-Bis, 27, 28, 29, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.

Se prorrogan los anexos 2, 4, 9, 10, 12, 13, 20, 21, 22, 24, 26, 26-Bis, de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.


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