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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 4 de julio a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición vespertina, el Decreto por el que se crea la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al respecto, el 1 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona un quinto párrafo al artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales, con el objeto de impulsar el crecimiento económico sostenible que, entre otros fines, reduzca la pobreza, permita la provisión de servicios básicos y expanda las oportunidades para vidas saludables y productivas en las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población.

Que el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las Secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán las facultades para resolver sobre los asuntos que se les encomienden, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y que resulta conveniente que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuente con un órgano desconcentrado de carácter especializado para llevar a cabo la ejecución de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales en el ámbito administrativo.