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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los municipios del Estado de Guerrero que se indican, entre los que destacan:

  1. Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta (ISR) correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2014 y por los meses los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
  2. Los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en los términos de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 94 de la Ley del ISR, excepto los asimilados a salarios, que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas beneficiadas podrán enterar las retenciones del impuesto sobre la renta de sus trabajadores, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2014 y enero, febrero y marzo de 2015, en 6 parcialidades mensuales, a partir del mes de abril de 2015.
  3. Los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas beneficiadas, podrán enterar en 6 parcialidades mensuales, a partir del mes de abril de 2015, el pago definitivo de los impuestos al valor agregado y especial sobre producción y servicios a su cargo correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2014, y enero, febrero y marzo de 2015.
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