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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoció de una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito, en la que el tema a resolver consistió en determinar si los comprobantes fiscales expedidos por establecimientos no autorizados pueden o no surtir efectos respecto del contribuyente que los exhibe con el propósito de justificar una deducción o acreditamiento.

El análisis del expediente citado, elaborado bajo la ponencia del Ministro José Fernando Franco González Salas, llevó a la Sala a determinar que, de acuerdo con el criterio interpretativo que ha sustentado la propia Sala, la expedición de comprobantes fiscales por causas no imputables al contribuyente no invalida por sí mismo el comprobante fiscal, sino que una vez exhibido compete a la autoridad hacendaria determinar la procedencia de la transacción que se pretende y la eficacia del documento.

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