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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, (SAT) informó que las asociaciones religiosas podrán cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de enero de 2015.

Lo anterior considerando que se trata de asociaciones sin fines de lucro, cuyas actividades no son comerciales ni mercantiles, que han manifestado su firme compromiso de cumplir y que han solicitado un periodo para capacitarse y poder aplicar correctamente las nuevas disposiciones fiscales.

Las facilidades otorgadas consisten en:

  • Inicio de la contabilidad electrónica a partir de enero de 2015, en consonancia con la facilidad otorgada a los demás contribuyentes obligados.
  • Emisión de facturas electrónicas a partir de 2015.
  • Emisión de constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del SAT a partir de 2015.
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