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El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa da a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes del mes de julio de 2014, mismas que se muestra a continuación:

  1. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN COMPULSAS A TERCEROS. VALOR PROBATORIO DE LAS MANIFESTACIONES REALIZADAS POR LOS PROVEEDORES O PRESTADORES DE SERVICIOS DEL CONTRIBUYENTE.
  2. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MEDICAMENTOS DE PATENTE, SUMINISTRADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS HOSPITALARIOS, DEBE CONSIDERARSE QUE SE ENAJENAN Y NO QUE FORMAN PARTE DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO REFERIDO, POR LO QUE ES APLICABLE LA TASA DEL 0% A DICHA ENAJENACIÓN.
  3. COMPROBANTES FISCALES EXPEDIDOS POR UN CONTRIBUYENTE QUE SE ENCUENTRA COMO NO LOCALIZADO PARA EFECTOS DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, SON APTOS PARA AMPARAR DEDUCCIONES Y ACREDITAMIENTOS.
  4. DEDUCCIONES, SU RECHAZO POR NO EXHIBIR LA DOCUMENTACIÓN RELATIVA Y POR NO ESTAR REGISTRADA EN CONTABILIDAD.- EL ACTOR EN EL JUICIO DE NULIDAD DEBE DESVIRTUAR LOS DOS SUPUESTOS.
  5. CUOTAS OBRERO PATRONALES. EL REQUISITO DE SUBORDINACIÓN PREVISTO POR EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, ES INDISPENSABLE PARA DETERMINARLAS, ENTRE UNA SOCIEDAD Y OTRA.
  6. COSTO DE LO VENDIDO. PROCEDE SU DEDUCCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE, RESPECTO DE LAS ADQUISICIONES O SERVICIOS QUE SE RECIBAN DE PERSONAS FÍSICAS, AUN CUANDO ESTAS NO HAYAN SIDO EFECTIVAMENTE PAGADAS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69-E, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA CON EL REQUISITO ESTABLECIDO POR SU SEGUNDO PÁRRAFO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2009).
  7. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SU DETERMINACIÓN DEBE REALIZARSE POR MES DE CALENDARIO CONFORME A LAS CONTRAPRESTACIONES QUE REALMENTE SE HAYAN PERCIBIDO EN DICHO MES (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2009).
  8. INGRESOS POR ENAJENACIÓN DE TIERRAS EJIDALES. SUPUESTO EN EL QUE SE DEBE PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
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