Noticias Fiscales 2014-216 TFJFA / Tesis del mes de julio de 2014
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa da a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes del mes de julio de 2014, mismas que se muestra a continuación:
- CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN COMPULSAS A TERCEROS. VALOR PROBATORIO DE LAS MANIFESTACIONES REALIZADAS POR LOS PROVEEDORES O PRESTADORES DE SERVICIOS DEL CONTRIBUYENTE.
- LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO MEDICAMENTOS DE PATENTE, SUMINISTRADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS HOSPITALARIOS, DEBE CONSIDERARSE QUE SE ENAJENAN Y NO QUE FORMAN PARTE DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO REFERIDO, POR LO QUE ES APLICABLE LA TASA DEL 0% A DICHA ENAJENACIÓN.
- COMPROBANTES FISCALES EXPEDIDOS POR UN CONTRIBUYENTE QUE SE ENCUENTRA COMO NO LOCALIZADO PARA EFECTOS DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, SON APTOS PARA AMPARAR DEDUCCIONES Y ACREDITAMIENTOS.
- DEDUCCIONES, SU RECHAZO POR NO EXHIBIR LA DOCUMENTACIÓN RELATIVA Y POR NO ESTAR REGISTRADA EN CONTABILIDAD.- EL ACTOR EN EL JUICIO DE NULIDAD DEBE DESVIRTUAR LOS DOS SUPUESTOS.
- CUOTAS OBRERO PATRONALES. EL REQUISITO DE SUBORDINACIÓN PREVISTO POR EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, ES INDISPENSABLE PARA DETERMINARLAS, ENTRE UNA SOCIEDAD Y OTRA.
- COSTO DE LO VENDIDO. PROCEDE SU DEDUCCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE, RESPECTO DE LAS ADQUISICIONES O SERVICIOS QUE SE RECIBAN DE PERSONAS FÍSICAS, AUN CUANDO ESTAS NO HAYAN SIDO EFECTIVAMENTE PAGADAS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 69-E, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA CON EL REQUISITO ESTABLECIDO POR SU SEGUNDO PÁRRAFO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2009).
- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SU DETERMINACIÓN DEBE REALIZARSE POR MES DE CALENDARIO CONFORME A LAS CONTRAPRESTACIONES QUE REALMENTE SE HAYAN PERCIBIDO EN DICHO MES (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2009).
- INGRESOS POR ENAJENACIÓN DE TIERRAS EJIDALES. SUPUESTO EN EL QUE SE DEBE PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.