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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (25 de abril) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución que reforma, adiciona y deroga las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente  de su publicación en el DOF, es decir, el 26 de abril de abril de 2014.

Al respecto, las Entidades contarán con un plazo que no podrá exceder de treinta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución para identificar las operaciones a que se refieren las disposiciones 38ª, fracción IV, 51ª, fracción II y 59ª de las presentes Disposiciones.

Asimismo, las Entidades deberán comenzar a remitir los reportes de Operaciones con cheques de caja, a la Secretaría por conducto de la Comisión, en los términos y periodicidad previstos en la 34ª Ter de las presentes Disposiciones, hasta que la citada Secretaría determine los medios electrónicos y expida el formato oficial correspondiente.

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