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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, dio a conocer en su sección de preguntas frecuentes las referentes a “Pagos provisionales complementarios en el Servicio de DyP”, a saber:

  1. ¿Qué sucede cuando un contribuyente derivado de la determinación de contribuciones y aplicación de las disposiciones fiscales, tiene que pagar exclusivamente actualización y recargos a través del Servicio de Declaraciones y Pagos, derivado de las observaciones realizadas en el dictamen?
  2. ¿Cuál es el procedimiento para efectuar una corrección cuando se realizó un pago incorrecto de una contribución, ya sea de ISR, IVA o IETU y dé como resultado un pago de lo indebido?

Para ver el contenido completo dé clic en la siguiente liga:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/preguntas_frecuentes/73_25134.html

 

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