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El diputado Carol Antonio Altamirano del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática sometió a consideración a la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los párrafos primero, tercero y quinto del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Mediante esta iniciativa, entre otras cuestiones, se señala que el personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos personales suministrados por los contribuyentes personas físicas o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales federales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los Tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias o en el supuesto previsto en el artículo 63 del CFF. Dicha reserva tampoco comprenderá la información que se proporcione para efectos de la notificación por terceros a que se refiere el último párrafo del artículo 134 del CFF, ni la que se proporcione a un contribuyente para verificar la información contenida en los comprobantes fiscales que se pretenda deducir o acreditar, expedidos a su nombre en los términos de este ordenamiento

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