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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (10 de octubre) a través del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 11 de octubre de 2012.

Las referencias que se hagan y las atribuciones que se otorgan en leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, reglas, manuales y demás disposiciones a las unidades administrativas que cambian de denominación, adscripción o desaparecen por virtud del presente Decreto, se entenderán hechas o conferidas a las unidades administrativas que resulten competentes conforme al mismo.

Las modificaciones a la estructura orgánica de las unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se deriven de la entrada en vigor del presente Decreto, se realizarán a través de movimientos compensados del presupuesto autorizado de servicios personales a dicha Secretaría para el ejercicio fiscal en curso, por lo que no se incrementará el presupuesto regularizable de servicios personales para el siguiente ejercicio fiscal.

Los asuntos en trámite que son llevados por unidades administrativas que desaparecen, cambian de denominación o modifican sus atribuciones, en virtud de la entrada en vigor del presente Decreto serán atendidos y resueltos por las unidades administrativas a las que se les da la competencia correspondiente en este ordenamiento.

Los procedimientos de revocación de las autorizaciones para la constitución y operación de sociedades de ahorro y préstamo que se encuentren llevando a cabo, y que hasta la fecha de entrada en vigor de este Decreto estén en curso, serán concluidos de manera definitiva por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con las disposiciones que se encontraban vigentes al momento de iniciarse el procedimiento respectivo


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