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SAT/ Pago referenciado. Incorporación de personas físicas en septiembre

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet: [www.sat.gob.mx], un aviso referente al “Servicio de Declaraciones y Pagos” en donde se menciona:

-** A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.

-** A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones:

-** Provisionales
-** Definitivas

En caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

Para ver el contenido completo dé clic en la siguiente liga:

[http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html->http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html]

-* Descargar la reseña [clic aquí->https://imcp.org.mx/IMG/pdf/RESENA_NOTICIAS_FISCALES_162-2.pdf]

www.sat.gob.mx


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