Normas de Información Financiera, 4° Edición (NIF) 2009 -Incluye boletines y circulares de la Comisión de Principios de Contabilidad del IMCP (Versión Profesional) (IMCP)
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Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad contable en nuestro país, en boletines y circulares de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. En este conjunto de boletines se establecieron los fundamentos de la contabilidad financiera en los que se basó no sólo el desarrollo de normas particulares, sino también la respuesta a controversias o problemáticas derivadas de la emisión de estados financieros de las entidades económicas. Indiscutiblemente, la CPC desempeñó esta función con un alto grado de dedicación, responsabilidad y profesionalismo.
A partir del 1º de junio de 2004, es el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) el organismo independiente que, en congruencia con la tendencia mundial, asume la función y la responsabilidad de la emisión de la normatividad contable en México.
El CINIF es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002 por entidades líderes de los sectores público y privado,1 con objeto de desarrollar las “Normas de Información Financiera” (NIF) con un alto grado de transparencia, objetividad y confiabilidad, que sean de utilidad tanto para emisores como para usuarios de la información financiera.
Para lograr lo anterior, se conformó un Consejo Emisor del CINIF, al que se han integrado investigadores de tiempo completo provenientes de diferentes campos de experiencia y competencia profesional, resaltando su independencia de criterio, objetividad e integridad, quienes trabajan junto con reconocidos profesionistas y académicos voluntarios, a fin de lograr puntos de vista plurales e independientes. Asimismo, el proceso de emisión de normatividad está en todo momento bajo la observación de cualquier interesado, al publicarse en la página electrónica del CINIF, el inventario de proyectos, los avances a dichos proyectos, las normas en proceso de auscultación, las respuestas recibidas en este proceso y, finalmente, los documentos denominados “bases para conclusiones”, que dan respuesta a los comentarios recibidos durante la auscultación.
Desde luego, el propio IMCP ha sido promotor de la constitución del CINIF, por lo que ha establecido ya, en el Capítulo I de sus Estatutos, apartado 1.03, inciso m), que el IMCP tiene como objetivo, entre otros:
“Adoptar como disposiciones fundamentales, consecuentemente de observancia obligatoria para los socios del Instituto, las normas de información financiera que emita el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera. . .”
El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad; para lograrlo, lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados “Normas de Información Financiera (NIF)” o, en su caso, “Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)” y “Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF)”, siendo las dos últimas, aclaraciones y guías de implementación de las NIF. La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible, con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.2
Cuando se haga referencia genérica a las NIF, deberá entenderse que éstas comprenden tanto a las normas emitidas por el CINIF como a los boletines emitidos por la CPC que le fueron transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004. Sin embargo, cuando se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se llamarán por su nombre original, esto es, Norma de Información Financiera o Boletín, según sea el caso.
Derivado de lo anterior, la estructura de las NIF es la siguiente:
- las NIF y las INIF emitidas por el CINIF;
- los Boletines emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por las nuevas NIF; y
- las NIIF aplicables de manera supletoria.
Cabe señalar que las “Circulares” son recomendaciones o aclaraciones emitidas en su momento por la CPC, pero que no asumen la forma de una norma, pues no pasaron por un proceso de auscultación. Empero, debido a su importancia como guías, seguirán formando parte de esta publicación hasta en tanto pierdan su función.
Este libro tiene como objetivo congregar en un solo volumen todas las normas y criterios emitidos por el CINIF o transferidos al mismo por la CPC del IMCP, que se encuentran vigentes al 1º de enero de 2008, para de esta forma facilitar el trabajo de análisis y consulta por las distintas partes involucradas e interesadas en la formulación e interpretación de las Normas de Información Financiera. Ocasionalmente, se incluirán algunas normas en etapa de auscultación, promoviendo así una divulgación más amplia de las mismas.
Las NIF han sido clasificadas en:
- normas conceptuales, que conforman el llamado Marco Conceptual (MC);
- normas particulares; e
- interpretaciones a las normas particulares.
Los pronunciamientos del CINIF son producto de un largo proceso que se inicia con la identificación de dudas o áreas de oportunidad en materia de información financiera que ameritan la exposición de una solución concreta o de una interpretación por parte del CINIF. Después del análisis y evaluación de las distintas alternativas por parte de los miembros del Consejo Emisor del CINIF, se formula un documento como un borrador para discusión, el cual una vez que ha sido aprobado por los votos de al menos las dos terceras partes de los miembros del Consejo, se envía al Comité Técnico Consultivo del CINIF para que realice recomendaciones o valide la normatividad propuesta para su divulgación.
Si el contenido del proyecto tiene el carácter de norma, se somete, durante un periodo suficientemente amplio, a un proceso de auscultación, normalmente tres meses, entre todas las personas interesadas en la información financiera. Todos los puntos de vista que se recogen, se analizan y evalúan cuidadosamente y, con base en ellos, se modifica en lo procedente el documento respectivo, el cual nuevamente debe ser aprobado por los votos de al menos las tres cuartas partes de los miembros del Consejo Emisor del CINIF. La versión aprobada se envía nuevamente al Comité Técnico Consultivo junto con un análisis de los puntos observados durante la auscultación más el sustento técnico por el cual fueron aceptadas o rechazadas las sugerencias o modificaciones propuestas durante ese proceso; además, en caso de proceder, debe enviarse el voto razonado de miembros del Consejo Emisor que hubiesen objetado parcial o totalmente el pronunciamiento que se está proponiendo como definitivo para que se apruebe su publicación como una norma obligatoria para las entidades que emitan información financiera de acuerdo con Normas de Información Financiera. Al documento aprobado que contiene la norma se le conoce como “NIF”.
Además el CINIF emite Interpretaciones a las NIF que tienen por objeto a) aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF; o b) proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información financiera que no estén tratados específicamente en las NIF, o bien sobre aquellos problemas sobre los que se hayan desarrollado, o que se desarrollen, tratamientos poco satisfatorios o contradictorios.
Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso a) anterior, no son auscultadas, dado que no contravienen el contenido de la NIF de la que se derivan, en virtud de que esta última ya fue sometida a ese proceso. Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso b) anterior, están sujetas a auscultación, que normalmente es por un plazo de un mes.
Eventualmente, el CINIF puede emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo que no son obligatorias.
Las normas contables son dinámicas y se van adaptando a los cambios experimentados en el entorno bajo el cual desarrollan su actividad las entidades. Esto es, algunas normas se modifican, otras se eliminan o bien simple y sencillamente surge la necesidad de emitir nuevas disposiciones. Esto hace necesario que con cierta periodicidad se publiquen ediciones nuevas debidamente actualizadas de este libro. Es importante señalar que la utilización de las NIF incrementa la calidad de la información financiera contenida en los estados financieros, asegurando así su mayor aceptación, no sólo a nivel nacional, sino también internacional.
Para facilitar el estudio y aplicación de las diferentes NIF, éstas se clasifican en las siguientes series:
Serie NIF A – Marco Conceptual.
Serie NIF B – Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto.
Serie NIF C – Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros.
Serie NIF D – Normas aplicables a problemas de determinación de resultados.
Serie NIF E – Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores.
1 Actualmente, estas entidades forman la Asamblea de Asociados del CINIF y son las siguientes: Asociación de Bancos de México, Asociación de Intermediarios Bursátiles, Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración, Bolsa Mexicana de Valores, Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Consejo Coordinador Empresarial, Consejo Mexicano de Hombres de Negocios, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.
2 Por su nombre en inglés: International Financial Reporting Standards (IFRS) del International Accounting Standards Board (IASB).
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|Contenido ||
|Prólogo||
|Serie NIF A – Marco Conceptual NIF |NIF/Boletín|
|Efectivo|C-1|
|Estructura de las Normas de Información Financiera |NIF A-1|
|Postulados básicos | NIF A-2|
|Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros | NIF A-3|
|Características cualitativas de los estados financieros |NIF A-4|
|Elementos básicos de los estados financieros |NIF A-5|
|Reconocimiento y valuación | NIF A-6|
|Presentación y revelación | NIF A-7|
|Supletoriedad|NIF A-8|
|Bases para conclusiones del Marco Conceptual|BC|
|Serie NIF B – Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto |NIF/Boletín|
|Cambios contables y correcciones de errores|NIF B-1|
|Estado de flujos de efectivo|NIF B-2|
|Estado de resultados|NIF B-3|
|Utilidad integral|B-4|
|Información financiera por segmentos|B-5|
|Adquisiciones de negocios|B-7|
|Estados financieros consolidados o combinados |NIF B-8|
|Información financiera a fechas intermedias|B-9|
|Efectos de la inflación|NIF B-10|
|Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros|NIF B-13|
|Utilidad por acción|B-14|
|Conversión de monedas extranjeras|NIF B-15|
|Estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos|B-16|
|Serie NIF C – Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros |NIF/Boletín|
|Efectivo|C-1|
|Instrumentos financieros|C-2|
|Documento de adecuaciones al Boletín C-2|C-2|
|Cuentas por cobrar|C-3|
|Inventarios|C-4|
|Pagos anticipados|C-5|
|Inmuebles, maquinaria y equipo|C-6|
|Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes|NIF C-7|
|Activos intangibles|C-8|
|Pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos|C-9|
|Instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura|C-10|
|Capital contable|C-11|
|Instrumentos financieros con características de pasivo,
de capital o de ambos|C-12|
|Partes relacionadas|NIF C-13|
|Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición|C-15|
|Serie NIF D – Normas aplicables a problemas de determinación de resultados |NIF/Boletín|
|Beneficios a los empleados|NIF D-3|
|Impuestos a la utilidad|NIF D-4|
|Arrendamientos|D-5|
|Capitalización del resultado integral de financiamiento|NIF D-6|
|Contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital|D-7|
|Pagos basados en acciones|NIF D-8|
|Serie NIF E – Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores|Boletín|
|Agricultura|E-1|
|Ingresos y contribuciones recibidas por entidades con propósitos no lucrativos, así como contribuciones otorgadas por las mismas|E-2|
|Circulares|Número|
|Adquisición temporal de acciones propias|38|
|Tratamiento contable de los gastos de registro y colocación de acciones|40|
|Tratamiento contable de las Unidades de Inversión (UDIS)|44|
|Aplicación supletoria de la NIC 40|55|
|Revelación suficiente derivada de la Ley de Concursos Mercantiles|57|
|Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)|Número|
|Aplicación inicial de las NIF|INIF 3|
|Reconocimiento de la contraprestación pactada al inicio del instrumento
financiero derivado para ajustarlo a su valor razonable|INIF 5|
|Oportunidad en la designación formal de cobertura|INIF 6|
|Aplicación de la utilidad o pérdida integral generada por una
cobertura de flujo de efectivo sobre una transacción pronosticada
de compra de un activo no financiero|INIF 7|
|Efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única|INIF 8|
|Presentación de estados financieros comparativos por la entrada
en vigor de la NIF B-10|INIF 9|
|Designación de instrumentos financieros como cobertura
de una posición neta|INIF 10|
|Reciclaje de la utilidad integral reconocida, cuando se suspende la
contabilidad de cobertura de flujos de efectivo|INIF 11|
|Instrumentos financieros derivados contratados por distribuidores
de gas en beneficio de sus clientes|INIF 12|
|Reconocimiento del ajuste de la posición primaria cubierta al
suspender la contabilidad de cobertura de valor razonable|INIF 13|
|Contratos de construcción, venta y prestación de servicios
relacionados con bienes inmuebles|INIF 14|
|Estados financieros cuya moneda de informes es igual a la de registro,
pero diferente a la funcional|INIF 15|
|Presentación o revelación de la utilidad o pérdida de operación|ONIF 1|
|Relación de miembros que han participado en la Comisión de Principios de Contabilidad||
|Integrantes del Consejo Directivo, Comité Técnico Consultivo y Centro de Investigación y Desarrollo del CINIF||
|Relación de miembros que han participado en los Consejos Directivos anteriores||
|Consejo Directivo actual||
|Relación de miembros que han participado en los Comités Técnicos Consultivos anteriores||
|Comité Técnico Consultivo actual||
|Relación de miembros que han participado en los Centros de Investigación y Desarrollo anteriores||
|Centro de Investigación y Desarrollo actual||
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