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PRODECON/ Gestiona ante el INFONAVIT evitando afectaciones a trabajadores y patrones

Mediante el boletín de prensa 036/2012, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) informo que desde el pasado mes de mayo, tuvo conocimiento de que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) emitió diversos comunicados a los empresarios, mediante los cuales hizo de su conocimiento que a partir del mes de julio de este año deberían descontar de los salarios de sus trabajadores la totalidad del monto mensual para pagar su crédito de vivienda que deben al Instituto, aun y cuando hubieren recibido un salario menor o en caso de no haber recibido pago alguno por haberse incapacitado o ausentado en el trabajo, de conformidad con una reforma al Reglamento de la Ley del INFONAVIT, que entró en vigor el 10 de febrero de 2012.

El criterio manifestado por el INFONAVIT tenía un efecto importante en la economía del trabajador y el patrón porque, por una parte, si el empleado recibía un menor salario por haberse incapacitado o faltado al trabajo, resentiría el impacto de pagar el total del monto mensual de su crédito de vivienda, afectando de manera importante su economía y, por el otro lado, podía ocurrir que si el trabajador no recibía ni un solo peso de salario por incapacitarse o ausentarse, persistía la obligación del empleador de calcular el descuento mensual completo y enterarlo al INFONAVIT, trasladándole una carga financiera que no le corresponde al patrón.

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