Lopezdoriga. Contribuyentes no pueden realizar declaración anual por falta de citas. 25 abril de 2016
A pocos días de la fecha límite de la presentación de la declaración anual de personas fiscales, los contribuyentes que no cuentan con una cita han reportado que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentra saturado, por lo que no los han atendido.
Raúl Carbajal, socio del despacho Carbajal Bermudez, indicó que la autoridad no está cumpliendo con la obligación de atender a los contribuyentes.
“En el Código Fiscal de la Federación, no se establece si debe ser con o sin cita, aunque consideramos prudente que sea con cita para que los contribuyentes no tengan que esperar tanto tiempo”, señaló.
Para realizar una cita, habrá que esperar hasta el 13 de mayo en el módulo que se encuentra en el sur, en Av. San Lorenzo 252, Bosque Residencial del Sur, y en el módulo de Paseo de la Reforma 10 en la colonia Tabacalera, la próxima fecha es el 18 de mayo.
En una sesión informativa con miembros del Instituto Mexicano de Contadores Publicos, el administrador general de Atención al Contribuyente, Guillermo Valls, mencionó que con cita, el tiempo que pasa el contribuyente es de media hora, pero que sin cita puede llevarse más de dos horas.
Para realizar la mayoría de los trámites, se debe contar con la firma electrónica (FIEL), en caso de no tenerla, es necesario acudir a los módulos. Sin embargo, algunos de estos no tienen disponibilidad hasta agosto.
En el módulo norte, en Anzures la cita más cercana es el 7 de junio. En el de oriente ubicado en Viaducto 507, el trámite se podría llevar a cabo hasta agosto.
Otra de las opciones es estar al pendiente en línea en caso de que alguna de las citas se llegaran a cancelar de última hora o llamar en las siguientes horas, ya que podrían habilitarse citas para el 30 de abril.
Manuel Franco, el socio de impuestos de BDO Consultores, mencionó que se está rebasando la capacidad de atender las solicitudes generadas. Asimismo añadió que el ciudadano tiene derecho a que la autoridad lo atienda frente a cualquier duda.
Franco resaltó que si no se entrega la declaración antes de la fecha límite siendo el 2 de mayo, el contribuyente no se hace acreedor a la multa. “Mientras sea de forma voluntaria y no a requirimiento de la autoridad, no te haces acreedor a una multa”, puntualizó Franco.
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