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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia Fiscal del IMCP a cargo del C.P.C. Carlos Cárdenas G., informa que el día 9 de mayo de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2008.

Con la finalidad de otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes de los sectores primario y de autotransporte terrestre de carga y de pasajeros, y con el fin de considerar las características propias de operar de dichos sectores, el Servicio de Administración Tributaria estimó conveniente dar continuidad en esta Resolución a determinadas facilidades administrativas que la autoridad fiscal otorgó mediante resolución particular en ejercicios anteriores, así como incorporar las facilidades aplicables en materia de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

La mencionada Resolución contiene, entre otras, las facilidades siguientes:

1. Título 1. Sector Primario.

ISR

Facturación por cuenta de pequeños ganaderos o agricultores; Pagos provisionales semestrales; Pagos provisionales del ejercicio 2008; Retención del ISR a trabajadores eventuales del campo; Deducción de inversiones en terrenos; Liquidaciones de distribuidores; No obligación de las personas físicas exentas del ISR; Exención para personas físicas y opción de facilidades para personas morales; No obligación de emitir cheques nominativos; Opción de facilidades para personas físicas y morales que se dediquen a la producción de café; Adquisición de combustibles y Facilidad para sociedades cooperativas de producción pesqueras o silvícolas;

IVA

Información con proveedores del IVA.

IETU

Facilidades de Comprobación aplicables para el IETU; Pagos Provisionales semestrales para el IETU; No obligación de las personas físicas exentas del IETU; Exención para personas físicas; Adquisición de bienes en autofacturación y Crédito por salarios gravados efectivamente pagados.

2. Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.

ISR

Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas; Facilidades de comprobación; Régimen de base de Efectivo; Responsabilidad solidaria de personas morales; Cuentas maestras; Carta de porte; Fusión de las Personas Morales; Concepto de coordinado; Donativos a fideicomisos constituidos con organismos públicos descentralizados del Gobierno Federal; Enajenación de acciones emitidas por empresas dedicadas al autotransporte terrestre de carga; Aviso de opción para tributar a través de un coordinado y Adquisición de combustibles.

IVA

Información con proveedores del IVA y Declaración informativa de sueldos y salarios.

IETU

Facilidades de Comprobación aplicables para el IETU; Crédito por salarios gravados efectivamente pagados; Acreditamiento del ISR efectivamente pagado; Gastos comunes a través del coordinado y Responsabilidad solidaria de personas morales para efectos del IETU.

3. Título 3. Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.

ISR

Comprobación de erogaciones; Retención del ISR a operadores, cobradores, mecánicos y maestros; Facilidades de comprobación; Concepto de coordinado; Responsabilidad solidaria de personas morales; Operaciones entre integrantes de un mismo coordinado; Servicios de paquetería; Exceso de equipaje; Guías de envío sin orden cronológico; Domicilio fiscal consignado en los comprobantes o boletos; Enajenación de acciones emitidas por empresas dedicadas al autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo; Adquisición de diesel; Aviso de opción para tributar a través de un coordinado y Adquisición de combustibles..

IVA

Información con proveedores del IVA y Declaración informativa de sueldos y salarios.

IETU

Facilidades de Comprobación aplicables para el IETU; Operaciones entre integrantes de un mismo coordinado; Domicilio fiscal consignado en los comprobantes; Crédito por salarios gravados efectivamente pagados; Acreditamiento del ISR efectivamente pagado; Gastos comunes a través del coordinado y Responsabilidad solidaria de personas morales para efectos del IETU.

4. Título 4. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.

ISR

Facilidades de comprobación; Responsabilidad solidaria de personas morales; Aviso de opción para tributar a través de un coordinado y Adquisición de combustibles.

IVA

Información con proveedores del IVA y Declaración informativa de sueldos y salarios.

IETU

Facilidades de Comprobación aplicables para el IETU; Gastos comunes a través del coordinado y Responsabilidad solidaria de personas morales para efectos del IETU.

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 30 de abril de 2009. No obstante lo anterior, las facilidades contenidas en la presente Resolución serán aplicables para todo el ejercicio fiscal de 2008.

Sírvanse encontrar adjunto la Resolución antes señalada.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

C. P. C. Jaime Sánchez Mejorada Fernández
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2007-2008

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

-* Descargar Anexo Folio 72 (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_72.zip

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