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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia Fiscal del IMCP a cargo del C.P.C. Carlos Cárdenas G., a través de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones de Fiscalización del SAT, presidida por el C.P.C. Alejandro E. Barriguete Crespo, informa que el 31 de diciembre del 2007 fue publicada la regla miscelánea 2.10.22, donde se establece que los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales en los términos del artículo 32-A del CFF, deberán presentar escrito libre, en el que manifiesten optar por hacerlo, así como el ejercicio que se dictaminará.

Dicho escrito libre deberá presentarse ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, a más tardar el último día del mes de marzo del siguiente año al del ejercicio en que se dictamine tratándose de personas morales, o a más tardar el último día del mes de abril en el caso de personas físicas según corresponda.

Para facilitar a los contribuyentes la elaboración del escrito libre en cuestión, se acompaña un ejemplo de dicho escrito.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

C. P. C. Jaime Sánchez Mejorada Fernández
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2007-2008

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

-* Descargar Anexo Folio 15 (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_15.zip

-* Descargar Folio 15 (Click Aquí)