52/2007-2008 Dictamen de Auditor de Gestión 2007
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP
La Vicepresidencia de Legislación a cargo del C.P.C. Alfonso Infante Lozoya, a través de la Comisión de Educación Profesional Continua, presidida por el C.P.C. Maximino Castillo López, hacen un atento recordatorio a los Colegios Federados, para la elaboración y entrega oportuna del Dictamen de Auditor de Gestión correspondiente al periodo 2007.
Lo mencionado en el párrafo precedente, se fundamenta en los artículos 3.08, 4.03 fracciones IV y V, 4.04 y Criterio 5 de la Norma de Educación Profesional Continua (NEPC), que a la letra establecen:
…“3.08 El auditor propietario o en su caso, el auditor de gestión de la federada, emitirá un dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones de la misma, en materia de educación profesional continua del año anterior, el cual deberá ser enviado por cada federada, a más tardar en el mes de mayo, a la Comisión de Educación Profesional Continua del Instituto.
..“4.03 El Instituto a través de su Comisión de Educación Profesional Continua, coadyuvará a su vez para promover, facilitar, vigilar y controlar el cumplimiento de la Norma mediante lo siguiente:
…IV. Recopilará los informes de cada federada a que se refiere el artículo 3.07, publicando en forma condensada, en los órganos de comunicación del Instituto, los datos asentados en cada uno de ellos, así como los dictámenes de las federadas a que se refiere el artículo 3.08 y conservará un archivo formal de los mismos.
V. Vigilará que las federadas hayan cumplido con las responsabilidades especificadas en los capítulos III y VI de esta Norma, turnando a la Junta de Honor del Instituto los casos de aquellas que no lo hubieran hecho, para que sean aplicadas las sanciones establecidas en los estatutos del propio Instituto.
4.04 El Instituto tendrá la facultad de solicitar a las federadas la evidencia que considere necesaria, para verificar los procesos para el otorgamiento de las constancias de cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua.
…Criterio 5 Los auditores propietarios o, en su caso los auditores de gestión de las federadas, para emitir el dictamen previsto en el artículo 3.08 de la Norma, deberán aplicar lo dispuesto en la Guía para la Revisión del Cumplimiento de las Federadas de la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP.”
La “Guía para la Revisión del Cumplimiento de las Federadas de la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP”, se encuentra contenida en la 5a. edición de julio de 2007, de la NEPC vigente. (Ver anexo 1)
Los Dictámenes deberán ser entregados a la Gerencia de Comunicación, Servicio y Apoyo a Federadas, a la dirección de este Instituto: Bosques de Tabachines 44, Fraccionamiento Bosques de las Lomas, código postal 11700, delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, o bien, mediante correo electrónico (con firmas escaneadas en el cuerpo del dictamen) a jaraiza@imcp.org.mx, antes del 31 de mayo de 2008.
Acompaño los formatos preestablecidos y el modelo de Dictamen vigente, para la entrega de información, los que deberán adecuarse a las características particulares de cada federada. (Ver anexo 2)
Reciban un cordial saludo.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
Jaime Sánchez Mejorada Fernández
Presidente
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2007-2008
-* Descargar Anexo Folio 52A (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_52-1.zip
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