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SCJN / Tesis aislada pendiente de publicarse en IUS. Interpretación de la expresión “obstaculicen físicamente”

La Suprema Corte de Justicia da a conocer la siguiente tesis aislada pendiente de publicarse en IUS:

FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES FISCALES. INTERPRETACIÓN DE LA EXPRESIÓN “OBSTACULICEN FÍSICAMENTE” PREVISTA EN EL ARTÍCULO 40, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2010.

El citado precepto establece que las autoridades fiscales pueden aplicar como medida de apremio a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente cuando se opongan, impidan u obstaculicen físicamente el inicio o desarrollo del ejercicio de sus facultades de comprobación. Del análisis de las definiciones de los vocablos “obstáculo” y “físico”, se advierte que cuando el artículo señalado alude a la expresión “obstaculicen físicamente”, ésta debe entenderse como un impedimento impuesto por el contribuyente a través de un medio corpóreo, que imposibilite a la autoridad fiscal llevar a cabo materialmente sus facultades de comprobación.

Amparo en revisión 178/2012.- Servicio a Domicilio, S.A. de C.V.- 2 de mayo de 2012.- Mayoría de cuatro votos.- Disidente: Sergio A. Valls Hernández.- Ponente: José Fernando Franco González Salas.- Secretario: Juan Pablo Gómez Fierro.

Tesis aislada aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de agosto del dos mil doce.

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-* Para ver el contenido completo [clic aquí->https://imcp.org.mx/IMG/pdf/ANEXO_NOTICIAS_FISCALES_187-2.pdf]

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