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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) consideró que la exención de Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las pensiones debe quedarse intacta, mientras que los diputados de la Comisión de Seguridad Social debe incrementarse, indicó el presidente de la misma, Uriel López Paredes.

El también perredista indicó que la SHCP argumento que si se otorga una exención total a las pensiones se van a fortalecer los planes privados de pensiones: “se exenta tanto la parte del patrón como del trabajador del pago del ISR. Se va a ir una parte importante de la recaudación de la Secretaría de Hacienda como de la Seguridad Social. Con esto pasaría que los patrones tendrían acuerdos con los trabajadores para aumentar los planes de pensiones y no el salario. Hay 1850 planes de pensiones de empresas como Bimbo, Telmex, entre otros”

López Paredes indicó que se reunieron con el subsecretario de ingresos, José Antonio González Anaya, el que explicó las situación de las pensiones.

El presidente de la comisión de seguridad apuntó que de subirse el umbral a las pensiones se estaría beneficiando al 1.5 por ciento de los trabajadores “y eso no es nada porque el 91.5 por ciento de los trabajadores tienen entre uno y seis salarios mínimos de pensiones, después le siguen de seis a nueve salarios mínimos y le sigue la franja mínima de 15 mil pesos en adelante.”

En información extraoficial se menciona que el dictamen de la Comisión de Seguridad Social viene en sentido positivo para incrementar la exención del ISR para pensionados a 12 salarios mínimos.

Reformas fiscales calderonistas

Durante el acto de conmemoración del cuarto año de gobierno del gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, el secretario de hacienda, Ernesto Cordero Arroyo, destacó que las reformas fiscales de la administración no han sido recaudatorias, sino que han contribuido a la transparencia y rendición de cuentas.

“La reforma hacendaria de 2007, si mal no recuerdo, tenía componentes que vale la pena señalar. Por ejemplo, traía la obligación constitucional de generar instancias superiores de fiscalización en cada uno de los estados, que fueran aprobadas por mayoría calificada en cada uno de los Congresos locales. Los estados han venido avanzando, algunos bien otros regular, pero ahí van, teniendo órganos parecidos a la Auditoría Superior de la Federación, para el caso federal; en cada estado están avanzando en esto.”

Asimismo, apuntó que se tienen avances en la transparencia de los fondos y fideicomisos del gobierno federal, “absolutamente todos los movimientos, los ingresos, los egresos de los fideicomisos están en Internet también, se ha avanzado mucho en este sentido, lo cual creo que es bastante relevante.”

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Convenio que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Ayuntamiento del Municipio de Tuxpan, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, relativo al mecanismo de ajuste de las compensaciones del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, a que hace referencia el artículo 21, fracción II, segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, relativas a la participación del 0.136% de la recaudación federal participable a que hace referencia el artículo 2o.-A, fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Acuerdo ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre del presente año, por el que se aprueban las reglas generales para el cumplimiento del artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado el 30 de junio de 2010

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Resolución por la que se aceptan las solicitudes de parte interesada y se declara el inicio de la revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hule sintético polibutadieno estireno en emulsión, originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 4002.19.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación


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