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Sugerencias para la implantación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés)

Antecedentes

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) anunció que a partir del año 2012, se requerirá a las entidades que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), adoptar las IFRS para emitir sus estados financieros, permitiendo su adopción anticipada para los ejercicios de 2008 a 2011.

Por otra parte, desde 2007 la Securities and Exchange Commission (SEC) permite a las entidades públicas extranjeras (Foreign Private Issuers – FPIs, por su denominación en inglés), presentar su información financiera con base a las IFRS, sin el requerimiento de conciliar la utilidad neta del ejercicio y el capital contable con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los Estados Unidos (USGAAP, por sus siglas en idioma inglés), como era requerido al presentar los estados financieros en principios de contabilidad locales.

Ante estos dos hechos particulares y aunados a la globalización de mercados y en algunos casos de entidades que tienen inversiones en negocios en jurisdicciones que ya tienen los IFRS adoptados o están en proceso de hacerlo, sin duda el número de entidades mexicanas que en el futuro cercano estarán buscando adoptar las IFRS, se irá incrementando de manera importante. Por ello, consideramos conveniente proporcionar la siguiente guía, que tiene como propósito orientar a las entidades mexicanas respecto de los distintos elementos y principales implicaciones, que deberían considerar para la adopción de IFRS en sus estados financieros.

Proceso recomendado de implantación

a) Identificación de efectos potenciales

En esta primera etapa, es muy importante efectuar un análisis que facilite lograr una comprensión de alto nivel sobre las distintas áreas operativas que se verán afectadas por una conversión a las IFRS.

El objetivo principal de esta etapa, es identificar diferencias clave entre los principios locales e IFRS, que sean relevantes a la organización de la entidad, junto con las distintas áreas del negocio que se verán afectadas por dicha conversión.

Adicionalmente, la administración, en conjunto con el comité de auditoría, deberán definir la fecha a partir de la cual se empezará a reportar bajo IFRS, para así poder definir el año base, tomando en consideración los requerimientos legales de presentación de información financiera de la entidad, incluyendo el número de años que se van a presentar los estados financieros con fines comparativos.

Este análisis identificará el efecto que tendrá en toda la organización la conversión a IFRS, que es un paso clave en el proceso de conversión, ya que proporciona valiosos conocimientos sobre los posibles cambios contables que impactarán los procesos para la obtención y preparación de la información financiera y fiscal, y por ende a los sistemas de información que los soporta.

Este análisis debe ser el primer paso del proceso de implantación y en el caso de entidades públicas debe realizarse tan pronto como sea posible, dado que este proceso es prolongado. En el caso de entidades no públicas, este análisis debe realizarse una vez que se considere la posibilidad de adoptar las IFRS.

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