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El día de mañana comienzan las auditorías electrónicas con 300 revisiones en lo que resta del mes, para terminar el año con 3 mil fiscalizaciones electrónicas, en un universo de más de millón y medio de contribuyentes, adelantó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El SAT indicó que hasta el momento son un millón 678 mil 645 los contribuyentes que serán objeto de las revisiones electrónicas. Del total 431 mil 20 son personas morales y un millón 247 mil 625 son personas físicas.

Se destacó que del universo total 7 mil 856 contribuyentes cuentan con un amparo para no ser objeto de este nuevo mecanismo de fiscalización que surgió con la reforma hacendaria del 2014.

Los motivos de una revisión electrónica son:

Diferencia en impuestos a cargo declarados y lo efectivamente pagado

Omisión de retenciones y/o entero de ISR

Omisión de retenciones y/o entero de IVA

Acreditamientos indebidos de pagos provisionales en declaración anual

Donativos otorgados en exceso

Determinación incorrecta del ajuste anual por inflación acumulable o deducible

Deducción indebida de intereses pagados por créditos hipotecarios de más de una casa habitación

El contribuyente objeto de una revisión electrónica recibe en su buzón electrónico un correo y tiene 3 días para abrir y notificarse, de lo contrario al cuarto día se entiende por notificado.

El causante tiene 15 días para aportar pruebas o corregir su situación fiscal. En caso de no dar respuesta o aclarar lo observado se notificará un crédito fiscal en un término máximo de 40 días, el que puede ser impugnado mediante el recurso de revocación o juicio contencioso.

La documentación aportada por el causante se valorará en un plazo de 10 días hábiles por la autoridad tributaria y derivado del análisis se podrá emitir un segundo requerimiento dentro del plazo de 10 días hábiles.

El SAT puede solicitar información a terceros relacionados y ya con la información completa tendrá un periodo de 40 días para emitir y notificar la resolución fiscal.

El contribuyente podrá optar por un acuerdo conclusivo desde el inicio hasta antes de la resolución definitiva.

Se explicó que los contribuyentes que no están en este universo descrito podrán ser objeto de un acto de fiscalización por los medios tradicionales: visitas domiciliarias y revisiones de gabinete.

En un evento conjunto con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) se dio a conocer el proceso que seguirá esta nueva herramienta de fiscalización. Se destacó que incluye la posibilidad de que el contribuyente pueda realizar la autocorrección de su situación fiscal obteniendo el 100 por ciento de condonación de las multas.

Asimismo, se incluye una etapa en la cual el contribuyente podrá ejercer su derecho a recurrir a las instancias legales cuando considere que han sido violados sus derechos.

En el evento estuvieron presentes el Lic. Samuel Arturo Magaña Espinosa, Administrador Central de Operación de la Fiscalización Nacional del SAT; el CPC Orlando Corona Lara, Vicepresidente de Relaciones y Difusión del IMCP, así como el CPC Víctor Keller Kaplanska, Presidente de la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT del IMCP.

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