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Este jueves la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, publicó la regla que formaliza el mandato del Legislativo expresado en la Ley de Ingresos 2015, en la que se señala la recepción de información contable a partir del año próximo.

Es de resaltar que la publicación de la regla es producto del trabajo consensuado entre la autoridad fiscal, la institución defensora de los derechos de los contribuyentes y la sociedad civil organizada, a través del empresariado, los contadores públicos y los desarrolladores de la industria de la tecnología de la información.

Asimismo, por medio de un comunicado se indicó que la regla establece una gradualidad en el inicio de las obligaciones de informar: Sistema financiero y personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos iniciarán el periodo en enero de 2015 y tendrán como plazo tardar el 3 y 5 de marzo de 2015 para personas morales y personas físicas respectivamente.

Además personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 menores a 4 millones de pesos, así como del sector primario que optaron por presentar su declaración semestralmente, personas morales con fines no lucrativos, así como personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 ó 2016.

En el caso de la información de las pólizas y auxiliares, cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones, el periodo inicial para el envío.

En tanto en el caso de la información de las pólizas y auxiliares, cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones, el periodo inicial para el envío es el siguiente: Sistema financiero así como personas morales con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos cuando la autoridad lo solicite a partir del ejercicio o periodo 2016.

Cabe señalar que el catálogo de cuentas se entrega por una sola ocasión o cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.

En el caso de los contribuyentes que coticen en la Bolsa de Valores, se autoriza que su información sea enviada en forma trimestral, a partir de mayo de 2015.

Asimismo se indicó que es importante precisar que los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.

Para los contribuyentes que así lo deseen, se ofrece la posibilidad de que su información sea presentada a través de terceros autorizados, conocidos como auxiliares de facturación.

Estos nuevos plazos serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y para mayor información de fechas y contribuyentes obligados se puede consultar el sitio de Contabilidad Electrónica en el Portal del SAT.

El otorgamiento de gradualidad en el cumplimiento de esta obligación obedece a una demanda legítima de los contribuyentes para estar en posibilidad de integrar correctamente su información y cumplir con esta obligación fiscal.

Para dar a conocer las diferentes soluciones tecnológicas que existen en el mercado para cumplir con la contabilidad electrónica se llevará a cabo la “Expo Feria Contabilidad Electrónica: Cumplir es más fácil que nunca”, el próximo martes 9 de diciembre en el World Trade Center de 09:00 a 18:00 horas.

El evento reunirá a alrededor de 50 proveedores que ofrecen soluciones de contabilidad electrónica, quienes expondrán sus productos y ofrecerán pláticas y talleres para que los contribuyentes conozcan sus herramientas y cuenten con la información necesaria para elegir la mejor opción de contabilidad electrónica.

En la Expo Feria también participará el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y el Servicio de Administración Tributaria con diferentes pláticas para despejar las dudas de los contribuyentes.

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