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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Ricardo Arellano Godínez y de la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF) que preside el C.P.C. Víctor Keller Kaplanska, les informa que el SAT dio a conocer el día de hoy en su página de Internet: www.sat.gob.mx, la actualización de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus Anexos 3 y 24 donde destacan las reglas y precisiones referentes a los plazos para presentar la información de la contabilidad en medios electrónicos (reglas I.2.8.1.6, I.2.8.1.7, I.2.8.1.8. y I.2.8.1.9.), ampliación de rubros en el del catálogo de cuentas y registro de asientos contables, a saber:

Presentación del catálogo de cuentas y balanzas de comprobación:

Tabla 1

 

Información de pólizas y auxiliares

Cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de las devoluciones o compensaciones, el periodo inicial para el envío será el siguiente:

Tabla 2

Catálogo de cuentas

Se deberá presentar por una sola ocasión o cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.

Contribuyentes que coticen en la Bolsa de Valores

La información la presentarán en forma trimestral a partir del mes de mayo de 2015 (por cada uno de los meses del trimestre).

Contribuyentes relevados de presentar la contabilidad electrónica

Los contribuyentes que tributen en los regímenes de arrendamiento, servicios profesionales e incorporación fiscal, quedarán relevados del envío de la contabilidad electrónica, siempre que registren sus operaciones en el sistema “Mis cuentas”, a través de la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx.

Presentación de la contabilidad electrónica a través de terceros autorizados

Se da la opción de presentar la contabilidad en medios electrónicos a través de terceros autorizados conocidos como auxiliares de facturación.

Se acompañan las reglas y anexo referidos.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. Leobardo Brizuel Arce
Presidente
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2014-2015

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

 

 

Archivos anexos