Fiscoactualidades_133 APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL COMPLEMENTARIO A LOS COMBUSTIBLES AUTOMOTRICES Y LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
El Lic. Marco Antonio Mendoza Soto, integrante de la Comisión Fiscal del IMCP, realizó un análisis sobre la “Aplicación del estímulo fiscal complementario a los combustibles automotrices y la responsabilidad solidaria”.
En este artículo se analiza detalladamente, desde una perspectiva jurídica y fiscal, la viabilidad legal y los riesgos derivados del uso del estímulo fiscal complementario aplicable a combustibles automotrices, establecido por el Decreto del 4 de marzo de 2022.
El enfoque específico se centra en la figura jurídica de la responsabilidad solidaria contemplada en el artículo 26, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación (CFF), evaluando la posibilidad de aplicar dicho estímulo para extinguir obligaciones tributarias de terceros.
Para el análisis, se toma como referencia un caso hipotético derivado de hechos reales, donde un contribuyente (al que denominaremos “Contribuyente B”) recibió una nota informativa titulada: “Estímulo Fiscal en Materia de Impuestos y Servicios Aplicables a Combustibles”, elaborada por una empresa (a la que identificaremos como “Empresa A”).
En esta nota, la “Empresa A” propone utilizar el estímulo fiscal complementario obtenido por ella misma para asumir la responsabilidad solidaria respecto a las obligaciones fiscales del “Contribuyente B”, específicamente para el pago del impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al valor agregado (IVA).
La finalidad perseguida es extinguir estos adeudos tributarios mediante la formalización administrativa ante la autoridad fiscal competente.
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