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Vicepresidencia Fiscal

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C.P.C. Óscar Ortiz Molina
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

El intercambio de información mundial, como una medida para frenar la evasión fiscal es ya una realidad. Ya hemos visto la firma de varios convenios intergubernamentales de “intercambio automático de información”, en donde hasta hace unos años era impensable, ya que cuando las autoridades hacendarias querían investigar algún hecho de un contribuyente era solo bajo sospecha o derivado de alguna averiguación específica y dependía del país al que se le solicitaba la información entregar parte de dicha información. Sin embargo, esto ha cambiado rápidamente, y ahora los diferentes gobiernos, con el fin de fortalecer la recaudación y sus administraciones hacendarias, intercambiarán información sobre diferentes ingresos que permitan identificar si los contribuyentes de cada uno de los países los declararon correctamente y, en consecuencia, pagaron los impuestos correspondientes, lo cual contribuirá a tener una mayor fiscalización en transacciones fuera del país.

De acuerdo con lo que hemos visto, los esfuerzos de las autoridades fiscales, con el fin de favorecer el intercambio de información, no solo por medio de la inclusión de un artículo sobre intercambio de información en los convenios de doble imposición firmados con otros países, un instrumento que ha existido durante mucho tiempo, pero también mediante la celebración de tratados exclusivos para el intercambio de información y, en algunos casos, con países considerados como jurisdicciones de baja imposición fiscal (paraísos fiscales), México hace un año firmó con Bermudas, Islas Caimán y otros paraísos fiscales tratados de intercambio de información que con el tiempo se convertirán en acuerdos automáticos de intercambio de información.

Además, podemos ver que en América Latina algunos países han incluido también un artículo sobre la asistencia en la recaudación de impuestos entre las autoridades fiscales.

Sin embargo, en lo que respecta al intercambio de información, algunos de los principales retos que las autoridades fiscales están enfrentando son la aplicación de los instrumentos jurídicos que han firmado con otros países para el cumplimiento de sus legislaciones fiscal domésticas, las cuales, en la mayoría de los casos, todavía no se han adaptado para enfrentar los problemas internacionales ni cuentan con los medios necesarios para aplicar las disposiciones de dichos instrumentos, temas como secrecía para proporcionar información, obligatoriedad, aplicación extraterritorial de impuestos etc., crean una problemática de aplicación.

En las reuniones del Grupo de los 20 (G20), se ha destacado la necesidad de proteger las finanzas públicas y los estándares internacionales contra los riesgos que plantean las jurisdicciones no-cooperativas (paraísos fiscales), por lo que manifestaron su posición relativa a tomar acciones en contra de aquellas jurisdicciones que no cumplan con los estándares relacionados con la transparencia.

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