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Vicepresidencia Fiscal

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Comisión Fiscal del IMCP

A continuación presentamos lo más importante referente a la reforma fiscal para el ejercicio 2014.

Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única

Para el ejercicio 2014 se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).

Para su transición se establecen disposiciones, manteniendo los derechos y obligaciones adquiridos durante su vigencia.

Por la forma en que se redactó la disposición transitoria:

Las actividades realizadas hasta el 31 de diciembre de 2013 que estén pendientes de cobro y estas se cobren en el ejercicio de 2014, tendrán que pagar IETU, lo cual parece que no es la intención, ya que dicha ley se abroga y del referido transitorio puede prestarse a diversas interpretaciones. Solo en aquellas operaciones por las que ya se haya causado el IETU, este deberá pagarse. El transitorio podría referirse a las obligaciones formales del pago provisional de diciembre de 2013 a presentarse en enero de 2014, cuando la ley ya no exista así como la declaración anual de 2013.

Ley de Impuesto sobre Depósitos en Efectivo

De igual manera se abroga la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE).

No obstante lo anterior, las instituciones del sistema financiero continúan obligadas a proporcionar la información de aquellas personas que realicen depósitos superiores a 15 mil pesos en un mes.

El Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) retenido hasta 2013, podrá acreditarse, compensarse o solicitar en devolución hasta agotarse.

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