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Síntesis Informativa

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El Economista

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) destacó que ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá requerir información y documentación adicional a terceros relacionados con el contribuyente que sea objeto de una revisión electrónica y, en caso de ser necesario, mediante el buzón tributario se le notificará para que manifieste lo que a su derecho convenga. También mencionó que en el mismo procedimiento se contempla el desahogo de pruebas periciales. En conferencia de prensa, José Miguel Erreguerena, integrante de la comisión fiscal del IMCP, dijo que lo anterior se contempla como parte de la actualización del reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF). En el mismo reglamento —agregó el especialista— se confirmó que las disposiciones relativas al uso del buzón tributario como notificaciones, para efectos de las revisiones electrónicas y presunción de operaciones inexistentes, entrarán en vigor para personas morales a partir del 30 de junio del 2014, y para personas físicas hasta el primero de enero del 2015. También celebró el hecho de que las autoridades fiscales estén actuando de manera decidida en los casos en que se está utilizando facturas para respaldar operaciones inexistentes.