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Fiscal

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El Financiero, P20-Economía

Universo Pyme Eduardo Torreblanca Jacques

En México existen 5.2 millones de personas físicas o morales que emiten documentos de utilidad fiscal; solo 35 mil lo hacen de manera digital. Para 2011 la digitalización de estas constancias será obligada. Hay más de tres millones de empresas que de esto ni siquiera están enteradas.

Vamos a intentar ser didácticos: CERTIFICADO FISCAL DIGITAL, digamos, es un GENÉRICO. Al interior de esta categoría están VARIOS documentos de exigencia y utilidad fiscal a saber: recibos de honorarios, recibos de arrendamiento, notas de cargo, notas de crédito, cartas Porte y facturas.

Para el año entrante, a la “vuelta de la esquina”, tendrá que ser obligada la emisión de estos documentos en dimensiones DIGITALES.

Dentro del ámbito de estos documentos está la FACTURA ELECTRÓNICA que es la más usual en el país.

¿Qué va a suceder? Usted posiblemente tenga facturas en papel. Este documento tiene una CADUCIDAD. La ley establece que tendrá posibilidades de seguir usando estos documentos hasta que la caducidad marque su vigencia. Luego el documento tendrá que ser DIGITAL.

Esto no implica que las facturas en papel las podrá “escanear” y con esto las convierta en FACTURA ELECTRÓNICA. No es correcto lo anterior. Que no lo sorprendan vivales como ya se han presentado casos.

FACTURA electrónica la podrá obtener mediante emisores autorizados por el SAT. Según los datos en manos de este columnista hay a la fecha 25 empresas en capacidad de hacer esta proveeduría.

También podrá , si no quiere que una empresa le brinde el servicio de otorgamiento de facturas electrónicas, comprar un software que instale en su computadora o en el sistema de la empresa.

Son dos vías de acceso a las facturas. De las empresas que venden APLICACIONES de documentos fiscales digitales existen alrededor de 60 empresas.

Usted decidirá. O compra facturas a un tercero que le administra los documentos digitales o se compra un software que las emite.

Pero de que tendrá que “digitalizar” sus comprobantes fiscales, lo tendrá que hacer en un plazo máximo de dos años suponiendo que la vigencia de sus documentos en papel tengan hoy una caducidad que venza en dos años.

Ahora; eso dice la ley fiscal.

La “ley comercial” indica que una empresa le puede condicionar a usted el pago a la entrega de un documento electrónico. Imagine usted una de las grandes cadenas comerciales que establezca entre sus políticas que sólo pagará a quien le emita un documento electrónico. Sus facturas en papel van a valer para dos cosas.

La ley establece que siendo una cantidad superior a los dos mil pesos, la factura tendrá que ser electrónica. Pero eso no implica que los dos mil pesos los podrá cobrar previa entrega de una factura en papel. También habrá especificaciones para que esa constancia tenga características digitales. Pero de ello no nos ocuparemos ahora.

El asunto de los documentos fiscales digitales comenzó a plantearse en la sala de juntas de la entonces AMECE. El organismo, SIN FINES DE LUCRO, que marca los estándares de comercio electrónico, hoy GS1 comenzó a plantear la probabilidad junto a empresas que marcaron esta exigencia de modernidad en el año de 1997.

El fisco determinó, previo VoBo. Del Congreso, su validez para las grandes empresas en el 2004 y en el 2005 se emitió la primera facturación electrónica en el país.

Si hubiésemos planteado las cosas progresivamente, en cuanto a niveles de facturación, desde entonces a la fecha hoy no serían tantas las empresas que tienen que realizar tan importante cambio en sus estructuras de facturación o de emisión de documentos de validez fiscal.

Pero no. Como en México andamos siempre “durmiendo la mona” enfrentamos ahora en menos de cinco meses la necesidad de aplicar un cambio que se antoja mayúsculo.

Por mucho que hable de un proceso gradual (se incorporan a la modernidad digital aquellos emisores de documentos fiscales digitales a quienes la caducidad del documento físico les haya alcanzado) hoy en día del universo total en responsabilidad de emitir un documento fiscal es de 5.2 millones de personas físicas o morales.

El total que ya ejerce esta que será una necesidad en enero del 2001 es tan solo del 0.67% del universo requerido en breve.

UNIVERSO PYME ha tomado como bandera poner este tema en la conciencia de las empresas. Si la ley, que espera por cierto conocer criterios de aplicación del SAT a escasos cuatro meses de que inicie la disposición, marca progresividad es posible que el mercado NO LO RESPETE y le obligue a usted emitir YA facturas electrónicas.

Para mayor abundamiento le recomiendo que accese a la página en donde desplegamos para los interesados las 48 respuestas a las dudas más frecuentes en este tema. Las respuestas no son de nosotros, sino de los especialistas de GS1 que en este caso, digamos, son el árbitro en materia de certificación y establecimiento de estándares de comercio electrónico.

Mientras tanto este colaborador de EL FINANCIERO le recomienda que “deje de dormir la mona” y póngase las pilas para no hacer las cosas al último como en ocasiones sucede en México.

Fuente: Universo Pyme->http://www.universopyme.com.mx/index.php?option=com_content&task=view&id=4861&Itemid=46
www.universopyme.com.mx