IMCP

Campaña Nacional de la Contaduría Pública

Fundado en 1923 y conformado actualmente de 60 colegios de Contadores

IMCP_Tienda Conoce a tu Colegio y Guía de Operación

Publicaciones

  • Imprimir
  • youtube

Frente a las múltiples complicaciones que ha enfrentado la sustitución del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) por el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) propuso definir un mecanismo que retome lo mejor de ambos sistemas para facilitar a los contribuyentes la tributación.

En este sentido, el presidente de la Comisión Fiscal del organismo, José Francisco de Anda, reconoció que la migración al nuevo mecanismo bajo el que tributarán los pequeños negocios del país ha resultado más complicado de lo previsto, toda vez que el régimen presenta imprecisiones fiscales, no se incluyen giros productivos como la agricultura o ganadería y la plataforma electrónica del Servicio de Administración Tributaria ha quedado rebasada por la masiva demanda de trámites.

Por ello, el fiscalista propuso que el SAT emita un paquete de disposiciones para que los contribuyentes sujetos al RIF puedan en tiempo y forma cumplir con la declaración informativa correspondiente al primer bimestre de este año, la cual deberá presentarse en mayo, junto con la declaración del segundo bimestre.

“Efectivamente, el hecho de que el portal del SAT estuviese colapsado, impedía que las personas físicas se agremiarán o incorporarán o se empadronaran a este Régimen de Incorporación Fiscal; por eso la prórroga en el plazo al 31 de marzo; ¿Qué va a suceder? Yo creo que van a emitir ciertas reglas misceláneas que les permitan a las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal regularizar su situación fiscal de este primer bimestre, de los dos primeros meses del año, para que tanto el cumplimiento de presentación de declaraciones, emisión de comprobantes fiscales, cargar la contabilidad del SAT tengan un plazo para hacerlo”, afirmó.

Y lo que sucede, es que si bien los contribuyentes que operan bajo el RIF no pagarán impuestos en este 2014, lo cierto es que ello no los exime de presentar declaraciones bimestrales informativas, aunque el problema radica en que los negocios involucrados no cuentan con elementos para realizar dicho trámite ante la imposibilidad, por ejemplo, de obtener citas en el SAT.

En conferencia de prensas, el asesor del IMCP dejó en claro que la solución no sería regresar por completo al sistema de Repecos que operaba hasta diciembre pasado, pues afirmó que el RIF cuenta con diversas ventajas administrativas y de costos, aunque consideró oportuno mejorarlo, retomando lo mejor del sistema de Repecos.

“Yo creo que dar pasos hacia atrás para regresar por completo al Régimen de Pequeños Contribuyentes sería un error, sin embargo, sí creo que se debe enmendar el Régimen de Incorporación Fiscal para poder abrirlo más y permitir que más personas se puedan empadronar y pertenecer el régimen, yo creo que habría que echar mano de ciertas disposiciones del Régimen de Repecos, con los cuales pudieran mejorar el RIF y hacerlo muchos más atractivo para los contribuyentes y con eso formalizar a la economía informal”, comentó.

El especialista dejó en claro que un eventual ajuste en el sistema del RIF no implicaría una violación al Acuerdo de Certidumbre Tributaria que ofreció el gobierno federal en febrero pasado para no proponer cambios al régimen fiscal en lo que resta de la presente administración, pues esa modificación se podría plantear a través del Poder Legislativo, particularmente por medio de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.

Al respecto, cabe recordar que el RIF es una opción que entró en vigor este año para las personas físicas que realicen tanto actividades empresariales como de honorarios (sin que requieran de título profesional), que pueden tener el beneficio durante el 2014 de no pagar tanto el Impuesto Sobre la Renta, el Impuesto al Valor Agregado, como el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.

Liga El Sol de México clic aquí


2