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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dejó en claro que no habrá prórroga para la ampliación de la Contabilidad Electrónica en 2016, aunque adelantó que estudia aplicarlo de manera gradual.

En este sentido, el jefe del SAT, Aristóteles Núñez, recordó que las personas físicas con ingresos superiores a los dos millones de pesos también deberán presentar su reporte de Contabilidad Electrónica a partir del próximo año por medio del buzón tributario del SAT.

No obstante, afirmó que junto el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el SAT analiza la posibilidad de implementar esta disposición de manera gradual, a fin de que los nuevos contribuyentes obligados conozcan el mecanismo y sus implicaciones y con ello evitar multas  que podrían oscilar entre los cinco mil y 15 mil pesos.

De tal manera, el funcionario dejó en claro que no habrá marcha atrás y la ampliación del Sistema de Contabilidad Electrónica entrará en vigor en 2016, pero se analiza que sea de manera gradual.

“No estamos pensando en la prórroga, sino dejar muy claro qué contribuyentes tienen y qué alcance tienen en la obligación de la contabilidad electrónica para el próximo año; hay que dejar muy claro  que para personas físicas que tienen una actividad empresarial cuyos ingresos son hasta de dos millones de pesos están relevados de esta obligación  en términos de que forman parte de la incorporación fiscal o aun no formando parte de él, pero podrían utilizar el esquema Mis Cuentas del SAT y con ello satisfacer la aplicación de la Contabilidad Electrónica”, comentó.

En conferencia de prensa, luego de sostener un encuentro con miembros del IMCP, Aristóteles Núñez dijo que serán alrededor de cinco millones los contribuyentes (entre personas físicas y morales), que estarán sujetos a presentar su Contabilidad Electrónica a partir del próximo año en total.

Al respecto, cabe recordar que la Contabilidad Electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de internet del SAT.

De acuerdo con información del SAT, para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, únicamente se enviará la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del órgano recaudador que permita su interpretación.

Adicionalmente, los contribuyentes deben tener la posibilidad de generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla al SAT, solo cuando el SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas) o el contribuyente solicite una devolución o realice una compensación. Según el órgano recaudador, los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.

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