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Gonzalo Soto, Reforma

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá solicitar cualquier tipo de información de mexicanos en el exterior sin que lo impida el secreto bancario e incluso podrá pedir asistencia a otros países para que le ayuden a cobrar impuestos a un contribuyente.

Así lo señala el Convenio de Estrasburgo firmado por México en 2010, que fue aprobado por el Congreso de la Unión el 22 de noviembre de 2011 y que sólo espera la ratificación por parte del Ejecutivo federal.

En entrevista, Armando Lara, director general de la unidad de legislación tributaria de la Secretaría de Hacienda, resaltó que con este convenio, el fisco podrá investigar a cualquier persona que tenga actividades en el extranjero sin que se le haya fincado un crédito o haya presunción de evasión.

“A diferencia de otros acuerdo, como los de doble tributación o intercambio de información, no hay impedimentos para las peticiones de información”, dijo el funcionario.

Esto significa que el SAT podrá requerir datos bancarios o de movimientos financieros a cualquiera de los 33 países que suscriben el convenio, sin tener que preocuparse por el secreto bancario o algún otro tipo de restricción.

Lara resaltó que este convenio es importante porque ayudará al combate de la evasión fiscal, tanto de mexicanos en otros países, como de extranjeros en territorio nacional.

La administración tributaria en México, afirmó, tendrá con el convenio una herramienta eficaz para aplicar la legislación y verificar que los contribuyentes cumplan con el pago completo de sus impuestos.

Canadá, Estados Unidos, Brasil, Argentina, España y Alemania son algunos de los países que han suscrito el convenio.

Uno de los mecanismo más importantes que adquirió el SAT con la firma del documento es el cobro asistido de impuestos en el extranjero.

Dicha herramienta permitirá al SAT solicitarle a la autoridad de otro país que realice el cobro de impuestos a cualquier empresa o persona que haya efectuado alguna actividad en México y no haya pagado impuestos, explicó.

Lara detalló que el convenio permitirá que funcionarios del SAT acudan a cualquiera de los países suscritos para verificar y monitorear las auditorías que se lleven a cabo de nacionales mexicanos.

Es decir, el SAT podrá enviar auditores a otro país miembro de la convención para efecto de estar presente y verificar la fiscalización de un acto y contribuyente que sea de su interés.

Las solicitudes de información y la asistencia en el cobro de impuestos también podrán ser solicitadas a la autoridad fiscal mexicana, por parte de cualquiera de los países signatarios.

Tras ellos

México podrá requerir que autoridades fiscales de otro país le ayuden a cobrar ciertos impuestos.
(Impuestos incluidos por México en el Convenio de Estrasburgo)

-* ISR
-* IVA
-* IETU
-* IEPS

(Países que han suscrito el Convenio de Estrasburgo)

-* Alemania
-* Argentina
-* Bélgica
-* Brasil
-* Canadá
-* Corea
-* Costa Rica
-* Dinamarca
-* Eslovenia
-* España
-* EU
-* Finlandia
-* Francia
-* Georgia
-* Grecia
-* Islandia
-* India
-* Indonesia
-* Irlanda
-* Italia
-* Japón
-* Moldavia
-* México
-* Noruega
-* Países Bajos
-* Polonia
-* Portugal
-* Reino Unido
-* Rusia
-* Sudáfrica
-* Suecia
-* Turquía
-* Ucrania

**Fuente: SHCP