Repecos pagan 2% de ISR anual en el país
El Universal, Cartera
José Manuel Arteaga
El pago de impuestos para las pequeñas y medianas empresas en México puede realizarse de manera sencilla y con una tasa baja.
El Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) establece que tienen una tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 2%, si ganan hasta 2 millones de pesos anuales. Sin embargo, bajo este esquema, este sector tiene la restricción de que no puede deducir y facturar los gastos que realicen.
“El monto o base sobre cual podrían aplicar el 2% podría ser más pequeña, si pudieran deducir, pero esto no lo pueden hacer porque tienen el beneficio de que solamente les aplica una tasa del 2%”, expresó Margarita Palominos, profesora del Tecnológico de Monterrey del Campus Ciudad de México.
En la modalidad de Repecos, a los contribuyentes no se les obliga presentar declaración anual, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
“Si tienes ingresos inferiores a 2 millones de pesos calificas como pequeño contribuyente y no tienes obligación de presentar declaración anual porque tu pago lo haces a la entidad federativa por medio de una cuota fija”, aseguró Carlos Garza Cantú Aguirre, Administrador General de Servicio al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Según la autoridad, al mes de febrero de 2011, en México existían más de 33 millones 800 mil contribuyentes activos. De ese universo, 96% son personas físicas y 4% restante corresponde a las empresas.
El segmento de personas físicas se divide de la siguiente forma: 10% son pequeños contribuyentes; 6% es régimen intermedio de personas físicas con actividad empresarial; 2% son régimen de arrendamiento; 9% están en actividades profesionales y 2% en otros sectores.
El restante 60% son asalariados, según el SAT.
Las cifras de la autoridad arrojan un universo de 3 millones 380 mil pequeños contribuyentes en el país.
Palominos añadió que hay una ventaja adicional para los Repecos, la cual es que todas las ventas que hagan a crédito no son acumulables.
“La Ley del ISR dice que todo ingreso que se perciba por la persona física o moral, llámese dinero, servicios o crédito se suma para pagar impuestos, para efectos de los Repecos, todo lo que se venda a crédito no es acumulable”.
Con ello, dijo la académica, cualquier venta que hagan a plazos los pequeños contribuyentes, se tendrá que pagar el ISR hasta que se pague la cantidad.
La desventaja
La académica del Tecnológico de Monterrey aseguró que la gran desventaja que tienen los Repecos es que al no poder facturar pierden competitividad respecto a otras empresas.
“Resulta que cuando yo quiero hacer operaciones o ventas con una empresa que está en un régimen fiscal que sí le permiten facturar y deducir, en automático lo que piden es una factura por el servicio que me vas a prestar”, dijo la experta del Tecnológico.
Sin embargo, al no poder facturar el Repeco, expuso la académica, la pequeña empresa no se vuelve atractiva.
La académica manifestó que la gran interrogante que se hace es ¿por qué los repecos tienen una tasa de ISR de 2%, cuando sus ingresos no superen los 2 millones de pesos?
“Lo que se está buscando es que sea un impulso, un arranque, un respaldo, para que una vez que ya esté posicionada esa empresa, pudiera pasar al régimen intermedio de contribuyentes”, comentó la especialista.
Al pasar al régimen intermedio, el contribuyente puede tener ingresos desde un rango de 2 millones de pesos a 4 millones de pesos. En estos casos, según la autoridad tributaria, la carga fiscal es distinta, ya que la tarifa del ISR podría ser hasta un máximo de 30%, pero con posibilidades de deducir lo que se adquiere y emitir facturas.
La verdadera carga
El Administrador General de Servicio al Contribuyente del SAT, Carlos Garza Cantú Aguirre, manifestó que la autoridad prepara un folleto para que las pequeñas y medianas empresas tengan una visión global de la carga fiscal.
El funcionario expuso que esa situación se trabaja en forma coordinada con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Además participan las entidades federativas, para que haya una visión global.
Garza Cantú reconoció, en entrevista con EL UNIVERSAL que no es fácil para las pymes el pago de impuestos.
“Estamos trabajando en forma coordinada con el Seguro Social y el Infonavit lo que sería la carga fiscal para las pymes”, dijo el funcionario.
El servidor añadió que en la actualidad, según el régimen tributario que escoja, la pequeña empresa tiene una carga fiscal con el IMSS, otra con el Infonavit y el impuesto sobre nóminas con la administración estatal.
A esa situación se podrían sumar los impuestos federales con el SAT.
“Lo que queremos es dar primero toda la información de la carga fiscal que tiene una Pyme, pero hoy, desde el punto de vista fiscal, el único beneficio que tiene una persona moral de nueva constitución es no realizar pagos provisionales en el primer año, desde el punto de vista de impuestos federales”, comentó Garza Cantú.
Palominos recomendó aprovechar el esquema tributario como Repeco y después cambiar a otra régimen fiscal.