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Impuestum

Francisco Macías Valadez Treviño
Presidente Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Entrevista

El presidente del IMCP, Francisco Macías Valadez Treviño, en conversación con Impuestum señaló que no se liberaron las reglas para la opción de no presentación del dictamen fiscal para no contaminar la negociación del paquete fiscal 2011 y adelantó que antes del final del año serán publicadas.

I: El dictamen fiscal cuenta con medio siglo de existencia ¿Cuál es su opinión sobre la facilidad administrativa de no presentarlo?

FMVT: Mira, el dictamen fiscal comenzó hace 52 años cuando comenzó la Dirección General de Auditoría Fiscal a llevar a cabo ese plan específico de revisar las obligaciones del contribuyente a través de un
dictamen. Yo creo que vamos a celebrar la primera presentación de dictamen fiscal que fue hace 50 años.

Los contadores se han registrado para presentar estados financieros dictaminados y ha evolucionado a la situación actual en la que el SAT registra a los contadores públicos con una serie de requisitos, siendo uno de ellos estar colegiado, que sea CPC y que por tanto esté actualizado y tenga su certificación desde el punto de vista general, es decir, auditor de estados financieros.

El dictamen fiscal se ha hecho basado en la auditoría de estados financieros, es un subproducto de los estados financieros. Se realiza la auditoría de los estados financieros y una vez que concluye se presenta una serie de anexos y que forman parte del dictamen fiscal que ahora tiene la característica de tener un informe sobre la situación del contribuyente.

Hace unos meses salió el decreto de simplificación administrativa en el cual el dictamen fiscal sigue siendo obligatorio, pero este decreto ofrece la posibilidad de que algunas empresas que el día de hoy están obligadas tengan la posibilidad de que no lo presenten.

Al no presentarlo te van a obligar a cumplir una serie de requisitos que son los lineamientos que va a a publicar el SAT.

Esta modificación la puedes ver con ventajas y desventajas: Las ventajas durante sus 50 años de existencia, 30 fueron optativo y 20 obligatorio. Cuando se hizo obligatorio se estuvo inconforme con la obligatoriedad, ahorita que existe la posibilidad de optativo, también existe una controversia.

Las ventajas estaban escondidas dentro de diversas partes del Código Fiscal de la Federación y algunas otras disposiciones. Una de ellas es la revisión secuencial, es decir, primero se revisa al contador público su trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del contribuyente. Sí la autoridad no está satisfecha o si hay alguna falta grave por parte del contribuyente, entonces si puede haber una revisión directa, pero siempre se tiene que cumplir con la secuencial, es decir, primero revisas al contador; sus papeles de trabajo, es más,
hasta la propia actuación del contador al hacer la auditoría, el comité del SAT, quien dice cómo fue el desempeño.

Ahora si ya no te revisa un tercero alguien tiene que ser el responsable y va a ser el responsable legal y la posibilidad de una revisión directa que quieras o no es una incomodidad para la empresa, independientemente que sea una revisión de gabinete o en la propia empresa.

Hay otros beneficios que le daban poca validez: las declaraciones complementarias limitadas en el CFF. Si tu tienes diferencia a favor, al presentar dictamen fiscal no te cuenta para el límite de dos declaraciones con saldos a favor; tienes plazo para pagar el impuesto que no has pagado o las diferencias que se hallan determinado en el dictamen, sin recargos, sin sanciones, y sin actualizaciones.

Otra puede ser que en el caso de un litigio el dictamen fiscal tiene una validez diferente porque es presentado por un tercero.

Otro beneficio son los 10 días para el pago espontáneo dentro de los 10 días siguientes a la presentación del dictamen. La reducción del plazo de la devolución de los saldos a favor que pasa de 25 a 40 días.

La opción de presentar pagos definitivos mensuales o provisionales del día 28 al día 27. La conclusión anticipada de visitas domiciliarias.Yo me dictamino y concluye de manera anticipada la visita.

La decisión por parte del contribuyente será a más tardar el 31 de marzo del 2011 cuando presente su declaración anual. Y una vez que opta por ella no habrá vuelta atrás. No se podrá cambiar de decisión de
dictaminar en junio.

Las reglas no han salido porque el paquete fiscal de ingresos y egresos no estaba aprobado y no se quería contaminar.El SAT no ha dicho que esas reglas van a ser emitidas en un breve termino y no va a haber reglas y beneficios adicionales seguramente. Lo que se va a hacer es sobresaltar, subrayar los beneficios del dictamen fiscal.

Probablemente la empresa que no se dictamine va a presentar un número de anexos menores por este año de 2010, en número.
Para el ejercicio de 2009 se presentaron 89 mil dictámenes, casi el 30 por ciento fueron optativos. Se espera que unas 45 mil empresas serán las no obligadas.

I: ¿Cómo va la presentación de los anexos del dictamen?

FMVT: Los anexos que se presentan son con base en la auditoría de estados financieros, los anexos que se presentan son basados a una información adicional: tenemos que buscar acuerdos para contar con una herramienta que le sirva al SAT y a quien la está preparando. Que no se tenga que realizar integraciones diferentes que no se lleva de manera integral en la contabilidad. Hay dos temas que se deben trabajar el tema de clasificación arancelaria: Se tiene una nota que no se revisó de manera especifica la clasificación arancelaria. Se puede pensar en un producto del dictamen de operaciones de comercio internacional.

En el caso de precios de transferencia un especialista te puede decir que los alcances y variantes se están llevando de acuerdo con las disposiciones fiscales.

I: ¿Qué pasa con el dictamen del IMSS?

FMVT:Esto ya sucedió y en el caso del Seguro Social no especificaba para que año. No se especificaba si aplicaba para el año 2009 o 2010. Que yo tenga conocimiento no hubo afectaciones en la dictaminación de empresas.

Por último, quisiera decir que actualmente la contaduría pública en México cuenta con excelentes relaciones con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria, y con el Poder
legislativo, ya que hemos firmado un convenio de asesoría con la comisión de hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados para que los sucesos siguientes tengan mejor sustento.


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