SAT: hasta $100 mil, en devolución automática
El Universal, cartera
José Manuel Arteaga
El importe máximo de las devoluciones automáticas será de hasta 100 mil pesos, dijo el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La autoridad puntualizó que si la cantidad excede ese importe, se deberá solicitar el recurso mediante el formato 32 (solicitud de devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
El SAT destacó que el Programa de Devoluciones Automáticas aplica para los contribuyentes que tengan saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta mayor a 200 pesos.
El SAT autorizó el pasado jueves un primer paquete de 25 mil 700 devoluciones automáticas que sumaron 197 millones de pesos para los contribuyentes que cumplieron puntualmente con su declaración anual antes del 4 de abril.
La autoridad federal detalló una serie de inconsistencias por las cuales no procedería una devolución automática, en donde se ubica que en las bases de datos institucionales el domicilio fiscal del contribuyente aparece como no localizado.
Otros caso es que en las bases de datos del SAT no se encuentra registro de su domicilio fiscal.
“La autoridad federal no cuenta con los elementos suficientes para verificar que las deducciones personales por los conceptos que a continuación se señalan, cumplan con todos los requisitos legales: Depósitos en cuentas personales para el ahorro, primas de contratos de seguros que tengan como base planes de pensiones”, agregó el SAT como otras de las inconsistencias.
La instancia a cargo de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena manifestó que otra inconsistencia es cuando el monto del saldo a favor solicitado no se consideró dentro del Programa de Devoluciones Automáticas.
En las inconsistencias se encuentra la siguiente: “Usted no es un contribuyente obligado a presentar declaración anual del ISR, toda vez que obtuvo ingresos inferiores a 400 mil pesos, y su retenedor le determinó el cálculo anual”, precisó.
Además, está el hecho de que el retenedor con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) manifestó no tener relación laboral o comercial con el causante.
En los motivos por los cuales no procede la devolución automática se encuentra el hecho de que la autoridad no tiene certeza de que el causante sea titular de la cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta CLABE, que señaló en su declaración de 2009.
También se encuentra el caso donde la autoridad necesita verificar los ingresos de copropiedad, sociedad conyugal o sucesión manifestados en la declaración.
Una inconsistencia adicional es que la autoridad hacendaria requiere verificar la relación laboral o comercial con su retenedor.