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C.P.C. Pedro Carreón Sierra
Vicepresidente Fiscal del IMCP

La iniciativa de reforma hacendaria para 2014 contiene modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF) que, entre otras medidas y, de ser aprobadas por el Congreso de la Unión, otorgarían a la autoridad fiscal, entre otras, las siguientes facultades extraordinarias:

1.        Interpretar en forma amplia las leyes impositivas, cuando en su opinión, las operaciones carezcan de racionalidad.

2.        Realizar auditorías exprés, por medio de revisiones electrónicas. La autoridad intercambiará información y notificará correspondencia en un buzón tributario.

3.        Reducir los plazos para que los contribuyentes presenten tanto la información requerida como la documentación para desvirtuar las observaciones de la autoridad en sus auditorías exprés.

En el marco de estas reformas, la iniciativa presidencial también propone eliminar la opción que tienen los contribuyentes cumplidos para hacer dictaminar por un contador público sus estados financieros para efectos fiscales, así como algunas operaciones con repercusiones fiscales, eliminado los siguientes beneficios:

•          Certeza y confianza de que un profesional, experto en la materia y reconocido por la autoridad fiscal, ha revisado sus registros contables y declaraciones de impuestos, lo que, además, ayuda a mejorar la calidad de los mismos.

•          Contar con un filtro para las revisiones directas por parte de la autoridad, incluyendo revisiones de gabinete o exprés, permitiéndole gozar del tiempo necesario para aclarar tanto malos entendidos de parte de la autoridad, como diferencias resultantes de eventuales errores en el registro o las discrepancias en el criterio de la autoridad o de terceros.

•          Gozar de reducciones en multas, por diferencias menores en el pago de contribuciones, así como de facilidades en el archivo de la documentación que integra la contabilidad, por ejemplo: grabarla en discos ópticos.

•          Contar con un instrumento que, mediante la aplicación de normas de auditoría, permita detectar y corregir errores, omisiones o interpretaciones agresivas de la normativa fiscal, que le permita al contribuyente una autocorrección espontánea, para evitar la imposición de multas o la comisión de delitos.

El dictamen fiscal surgió en 1959, simultáneamente al establecimiento de la Administración Fiscal Federal, y como una opción para: “evitar molestias innecesarias o infundadas a los contribuyentes cumplidos”,  con el fin de “permitir al fisco orientar su acción contra los defraudadores que ocasionan problemas de trascendencia para el desarrollo de nuestra economía”[1] y no, como imprecisamente señala la exposición de motivos de la iniciativa presidencial presentada el 8 de septiembre de 2013, “como medio para facilitar a la autoridad hacendaria la fiscalización”.

De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) están activos 8,052 contadores que revisan a 92,750 contribuyentes. Conservadoramente, podemos decir que existen alrededor de 56,000 profesionistas independientes dedicados a la emisión de dictámenes fiscales, si asumimos que cada contador requiere, al menos, un equipo de seis personas.

Como resultado del trabajo de esas personas, el fisco recibió de 2005 a 2010 un promedio anual de $17,910 millones, según datos proporcionados por el SAT.

Resulta interesante destacar el año 2010. Este fue el último año en que la autoridad dio información sobre lo recaudado por el dictamen fiscal y el primer año en que fue opcional dictaminar, ya que hasta 2009 era obligatorio para determinados contribuyentes dictaminar sus estados financieros.

Lo interesante de ese año fue una reducción importante en la recaudación por dictamen con respecto al año anterior; desafortunadamente, no tenemos más análisis de esto, pero todo parece indicar que el cliente corrige su situación fiscal antes de presentar el dictamen fiscal, para que no existan observaciones de parte del contador y esto es lo que da lugar al incremento en la recaudación por dictamen.

Por su parte, el SAT cuenta con 9,451[2] empleados encargados de fiscalizar a 38.4 millones contribuyentes, de los cuales 1.5 millones son personas morales.[3]

A todas luces, el músculo fiscalizador de la autoridad es insuficiente, no solo para fiscalizar a los contribuyentes registrados, sino, lo más apremiante, para regularizar a los participantes en la economía informal, que crece geométricamente, para llegar, en la actualidad a representar 60%[4] de la población económicamente activa. Por lo tanto, eliminar el dictamen fiscal en nada ayudará en a mejorar la recaudación fiscal.

Link El Financiero clic aquí


[1]           Ver DOF del 30 de abril de 1959.

[2]           En la Administración General de Auditoría Fiscal Federal 8,205 y en la Administración General de Grandes Contribuyentes 1,246, según el Reporte Anual 2012 y Retos para 2013 de la SHCP y el SAT.

[3]           Padrón de contribuyentes activos según el reporte mencionado en la cita anterior.

[4]           Información emitida por el INEGI al mes de mayo de 2013.


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